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La Audiencia de Sevilla absuelve a cuatro policías del registro en un hotel

La Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla ha absuelto a cuatro policías que en 1993 registraron ilegalmente la habitación de hotel de tres periodistas de Antena 3 Televisión. El tribunal considera que los policías actuaron amparados por la doctrina vigente entonces, según la que la habitación de hotel no gozaba de la inviolabilidad del domicilio.

El fiscal pedía ocho años de inhabilitación y tres de suspensión para los agentes de la Brigada de Información por delitos de entrada y registro ilegal de la habitación de los periodistas, que se habían desplazado de Madrid a Sevilla para hacer un reportaje sobre la llamada mafia policial.

El caso se juzgó en 1994, pero la citada sección de la Audiencia sevillana no ha dictado sentencia hasta ahora porque elevó una cuestión de inconstitucionalidad al considerar que una habitación de hotel está amparada por la inviolabilidad del domicilio que protege la Constitución, al contrario de lo que entendía la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LEC).

El Constitucional avaló en enero pasado esta tesis y derogó el artículo correspondiente de la LEC, pero pese a ello el tribunal ha optado por absolver a los policías, ya que considera que estos se creían amparados por la ley y, además, cuando sucedieron los hechos, la jurisprudencia sobre la inviolabilidad de las habitaciones de hotel era discrepante.

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