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MADRID

Veinte años de cárcel para el joven que mató a su compañera de clase en Segovia

La Audiencia Provincial de Segovia ha condenado a Erasmo San Pablo, de 21 años, a una pena de 20 años de cárcel por un delito de asesinato cualificado por las circunstancias de alevosía y ensañamiento, con la atenuante de confesión. La sentencia considera como hechos probados que el 22 de diciembre de 2000 el condenado propinó a su compañera de clase Cristina Gala Enjuto, de 19 años, estudiante de segundo curso de Historia del Arte en la Universidad San Estanislao de Kotska (SEK), no menos de 35 puñaladas causándole la muerte.

La sentencia se produce tras el veredicto previo emitido por un jurado declarándole culpable de asesinato con alevosía. Durante la audiencia pública en la que se dio a conocer ese veredicto, en presencia del acusado y de las partes, el jurado pidió que no se recomiende el indulto ni se deje en suspenso la sentencia.

El fallo de la Audiencia Provincial segoviana condena también al acusado a pagar una indemnización a la familia de la víctima de 112.800 euros y le prohíbe comunicarse y aproximarse a ésta en un plazo de cinco años desde el momento en que abandone la prisión, una vez cumplida su condena.

En la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Palomo, presidente de la Audiencia, se explica que el acusado era consciente de que la mayoría de los navajazos propinados a la víctima eran innecesarios para la consecución de la muerte, y que esas puñaladas tendieron deliberadamente a causar un mayor dolor o sufrimiento a la víctima.

La sentencia considera que la posterior reacción del condenado tras el crimen -limpió la navaja, se lavó las manos y sustrajo la documentación de la víctima para destruirla posteriormente- 'indica una actividad coherente y coordinada, poco compatible con una actuación impulsiva, autómata o alienada'.

El texto judicial contempla asimismo que San Pablo padece un trastorno de la personalidad de tipo esquizoide, si bien sólo le afecta a la afectividad, por lo que su capacidad intelectiva, de comprensión de los hechos y volitiva de control de sus impulsos no estaba relevantemente afectada en el momento de dar muerte a su víctima.

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