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Los peritos del 'caso Tous' piden al Estado más de 2.000 millones

El tribunal de la sección primera de la Audiencia de Valencia escuchó ayer en la vista oral celebrada a primera hora las peticiones de honorarios que los peritos que trabajaron en el caso de la rotura de la presa de Tous reclaman al Estado. Groso modo, la cifra sobrepasa los 2.000 millones de pesetas.

Los peritos, en su mayoría ingenieros, abogados y agentes inmobiliarios exigen que se les abonen las millonarias minutas. El abogado del Estado, en cambio, las ha considerado 'estratosféricas' y ha impugnado el importe de la reclamación. Entre esas peticiones pecuniarias excesivas, según el abogado del Estado, se encuentra, por ejemplo, la de dos ingenieros que elaboraron los informes en los que se explicaba la crecida del río Júcar y el comportamiento de la presa en el momento de su rotura en otoño de 1982. Por ellos piden 600 millones de pesetas.

En sus alegaciones, el abogado del Estado expone que la condena expresa dictada por el tribunal en el caso de la pantanada de Tous -en que se declaró responsable civil subsidiario al Estado- se refiere al pago de una tercera parte de las costas, declarando de oficio las dos restantes. 'Analizando las minutas y facturas aportadas', se indica en el informe, 'sólo tres letrados lo aplican en sus minutas'.

El informe de alegaciones indica también que 'se observa en las facturas y minutas aportadas por los letrados comparecientes el devengo de honorarios por conceptos relativos a fechas muy anteriores a las de la vista, concretamente del año 1983, y por juicios anulados, en causa que no es la presente'.

El abogado del Estado, respecto a los honorarios e indemnizaciones de los peritos que presentan informe en virtud de orden judicial, señala que 'deberán ser justos, debiendo moderarse en su cuantía cuando el importe exceda de las reglas de la lógica y de la actividad profesional desplegada, aún cuando su reclamación lo sea en función de normas de honorarios colegiales'.

A su modo de ver, 'la fórmula aplicada en función de las tarifas de honorarios de los ingenieros de caminos, no vinculan a los tribunales, sólo a los colegios, por lo que en ningún caso son de estricta aplicación'. Éstas y otras consideraciones llevan al representante de la abogacía del Estado a 'impugnar por indebidas y excesivas las tasaciones de costas practicadas'.

El informe de alegaciones repasa una por una la cantidad y referencia laboral de la que se deriva. En algunos casos, las califica de 'estratosféricas'.

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