Conflictos sin solución
Una de las denuncias más llamativas del CES se refiere a la falta de vías de participación social para los irregulares. Sin ellas, el informe considera imposible 'la solución de conflictos sociales de los que el año 2000 ha sido testigo, como los sucesos de El Ejido o los encierros'.
Esta falta de comunicación proviene, según el CES, de la supresión de derechos sociales y políticos como el de reunión, manifestación y asociación, sindicación y huelga, que reconocía la primera Ley de Extranjería.
En cuanto a los derechos sociales, el Consejo echa de menos la primera Ley de Extranjería (4 / 2000), de la que afirma que 'suponía una equiparación real de los extranjeros con los nacionales, incluso en el caso de que no estuviesen plenamente regularizados, bastando el requisito de empadronamiento.
El CES opina que 'si bien la Ley de Extranjería introdujo restricciones en algunos derechos de los extranjeros regularizados, mantuvo algunos derechos sociales importantes, extensibles a todos los extranjeros, principalmente el derecho a la educación obligatoria y a la asistencia sanitaria.
Sin embargo, afirma que 'llama la atención la falta de previsión alguna respecto a la educación no obligatoria, así como la ausencia a cualquier referencia al principio de protección a la lengua y cultura originarias.
También hace mención al Reglamento de Extranjería que estudiará hoy el Consejo de Ministros. Considera que 'en conjunto, la ley contiene numerosas remisiones al futuro Reglamento en aspectos clave, con lo que se confiere una importancia decisiva a la futura norma en desarrollo'. Entre los aspectos que se han dejado abiertos menciona la duración de los permisos de residencia temporal, los supuestos que dan lugar a la admisión de una regularización individual, la renovación del permiso de trabajo, así como la composición y funciones del Consejo Superior de Política de Inmigración'.
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