El TSJ declara legal que la Universidad evalúe si los profesores saben valenciano
Ruiz: 'La sentencia demuestra que el Consell no ha hecho bien las cosas'
La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ ha declarado en una sentencia del 17 de febrero, conocida ayer, 'nulos de pleno derecho' los dos actos administrativos promovidos por la Generalitat para retrasar y bloquear la aprobación del artículo 167.4 que hace referencia al conocimiento docente del valenciano. El artículo, en realidad, ya figuraba en los Estatutos originales de la Universidad de Valencia publicados en 1985, y su redacción había sido matizada por la Dirección de Universidades en mayo de 1998, cuando se inició el trámite de aprobación de la vasta reforma estatutaria emprendida un año antes por el equipo rectoral de Pedro Ruiz Torres con la finalidad de adecuar el marco legal al nuevo modelo de centros y facultades emprendido y aprobado por el claustro el 24 de noviembre de 1997.
Los magistrados José Belmont Mora, Edilberto Narbón Lainez y Antonio Márquez Bolufer se pronuncian a favor del recurso de la Universidad 'contra la no expedición del certificado de aprobación por la vía del silencio administrativo [solicitado al Consell el 22 febrero de 2000]', y consideran que la institución académica presentó la solicitud de aprobación de sus estatutos en los plazos y procedimientos jurídicos establecidos, por lo que declaran 'la aprobación por silencio administrativo positivo del artículo 167.4 de los Estatutos, de acuerdo con lo pedido por el claustro el 8 de noviembre de 1999'.
En la práctica, el fallo supone una descalificación de las tesis mantenidas por la Generalitat, máxime cuando el bloqueo de dos años a la aprobación de la reforma estatutaria había salpicado, incluso, al órgano asesor del gobierno autonómico -el Consejo Jurídico Consultivo- que tuvo que 'avalar' la legalidad de la reforma estatutaria y, en concreto, del citado artículo, por dos veces consecutivas. Además, coloca en una situación delicada al Consell, que retrasó durante dos años la aprobación de la reforma estatutaria sin explicar las razones de la demora. Retraso que provocó la redacción de un comunicado por parte de la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE) en el que se acusaba al Consell de impedir a la Universidad de Valencia ejercer el libre ejercicio de reformar sus estatutos, así como de violar la autonomía universitaria. La intervención de los rectores españoles, en una asamblea general celebrada en Sevilla en abril de 2000, forzó incluso la intervención del entonces secretario de Estado de Educación, Jorge Fernández, para mediar en el conflicto. El rector Ruiz mostró ayer su satisfacción y precisó que el fallo 'demuestra que el Consell no ha hecho bien las cosas'. La Generalitat, por su parte, anunció anoche su intención de recurrir la sentencia.El rector de la Universidad de Valencia, Pedro Ruiz, mostró ayer su satisfacción por el hecho de que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana haya hecho suyo el argumento de la Universidad, es decir, que hubo 'abuso de poder' por parte de la Generalitat en el pulso que mantuvo con la institución cadémica, al no certificar la modificación de los estatutos y frenar su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).
El Consell, por su parte, respondió como ya es habitual en el último año con el anuncio de que presentará un recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra el fallo del Tribunal Superior de Justicia por discrepancias relativas a la interpretación de la aplicación del prodecimiento administrativo común que da por aprobados los cambios estatutarios a los tres meses de solicitada su aprobación, de no haber habido respuesta entretanto, mediante la fórmula del silencio administrativo.
'Para la Generalitat, el TSJ no valora el argumento del Consell relativo al régimen jurídico del silencio aplicable a este procedimiento que fundamentó la determinación de aprobar los Estatutos dentro de plazo', explicó el Gobierno valenciano en un comunicado emitido anoche, en el que reitera su posición sobre la supuesta 'inconstitucionalidad' del polémico artículo 167.4 de los Estatutos universitarios.
'Exceso de control'
La conclusión más clara que subrayó el rector Ruiz es, en sintonía con lo expresado por el alto tribunal, que el Consell 'no ha hecho bien las cosas'. Ruiz, explicó ayer por la mañana, poco después de participar en la entrega de la medalla de la Universidad de Valencia al pintor y activista valencianista Doro Balaguer, que la sentencia demuetra la 'arbitrariedad no justificada' y el 'exceso de control' del Ejecutivo que preside Eduardo Zaplana. Según el rector, el fallo confirma que se trata de un comportamiento que iba 'más allá' de la Ley de Reforma Universitaria (LRU).
El rector recordó que el artículo que el Consell usó como excusa para paralizar la publicación de la reforma estatutaria ya estaba aprobado en 1995, 'y nunca dio problemas'. Ruiz apuntó que la sentencia es recurrible pero 'es tan clara que no deja posibilidad de recurso' debido a lo tajante que se muestra el tribunal ante la actiutud mantenida por el Consell.
La Universidad, en un escueto comunicado, insistió en que 'el recurso fue presentado contra la no expedición del certificado de aprobación por silencio administrativo y contra el acuerdo del Consell de no aprobar el mencionado artículo'. Ambos, puntualiza, 'han sido declarados nulos por el TSJ'.
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