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El Supremo rechaza que Liaño pueda ser juez antes de cinco años

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha aplicado el indulto concedido por el Gobierno del PP al ex juez prevaricador Javier Gómez de Liaño en una resolución que admite el perdón sobre los 13 años de inhabilitación que aún le quedaban por cumplir, pero rechaza su reintegro inmediato en la carrera judicial como quería el Gobierno. Liaño deberá limpiar su expediente penal, para lo que hace falta que pasen cinco años antes de que pueda ser juez. El Supremo niega que esta decisión suponga un conflicto de jurisdicción con el Gobierno.

El pleno de la Sala del Supremo ya acordó el 8 de enero, por mayoría de ocho a seis, rechazar el indulto propuesto por el Gobierno, que ordenaba el reintegro inmediato en la carrera judicial del ex juez condenado por prevaricación continuada en el caso Sogecable. El escrito de la sala recuerda que la pena especial de inhabilitación produce la privación definitiva del cargo, lo que significa la incapacidad de regresar a la judicatura durante el tiempo de condena.

Tras justificar su decisión de aplicar el perdón sobre la inhabilitación de 15 años, los magistrados analizan la posibilidad de que el Gobierno plantee un conflicto de jurisdicción por la resolución del Supremo.

'Es innecesario aclarar', advierten los magistrados al Ejecutivo, 'que el Tribunal de Conflictos de Jurisdicción no es un Tribunal de Apelación respecto de las decisiones judiciales dictadas en el ejercicio de las competencias que la Constitución y la ley acuerdan al Poder Judicial. Ni el Ejecutivo ha negado al tribunal su facultad de aplicar el indulto ni esta sala niega al Ejecutivo la facultad de indultar'. El portavoz del Gobierno, Pío Cabanillas, aseguró ayer que antes de plantear ese conflicto de jurisdicción analizarán con detalle el auto del Supremo.

Los seis magistrados discrepantes defienden en su voto particular que el Gobierno sí puede ordenar el reingreso de Liaño en la carrera judicial.

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