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Ninguna caja de ahorros ha hecho uso de las cuotas participativas en 10 años

Cuando se cumplen casi 10 años de la aprobación de las cuotas participativas para las cajas como vía para aumentar sus recursos propios, ninguna entidad ha hecho uso de ellas. Solamente la confederación de cajas (CECA) las emitió por valor de 5.000 millones que colocó a las cajas. Su tasa de solvencia ronda el 13%, y eso explica, según la CECA, que el instrumento no se haya utilizado. Las cuotas participativas no cambian la naturaleza jurídica de las cajas, pero fueron vistas en su momento como una vía para su privatización.

La propia CECA reconoce el gran debate que existía entre las cajas entre los años 1988 y 1990. Entonces, el sector pidió un instrumento que le permitiera aumentar recursos propios por si fuera necesario dotar el fondo de pensiones, así como adaptarse a las exigencias de una circular contable que emitió entonces el Banco de España.Esas fuentes recalcan que la tasa de solvencia (resultado de dividir los recursos propios por el crédito concedido) de las cajas era del 13%, cinco puntos por encima del mínimo establecido para el mercado europeo por el Banco Internacional de Pagos de Basilea.

Un responsable de la CECA señaló que las cuotas no han sido necesarias porque las cajas de ahorros confederadas (77 entidades en 1989 frente a las 55 actuales) han mantenido ese ratio de solvencia.

El modelo español ha sido exportado a las cajas noruegas, que sí han emitido cuotas participativas y que actualmente cotizan en su Bolsa. Este modelo se reguló en un decreto del 25 de mayo de 1990 que dio salida a una reivindicación del sector de cajas, sobre todo de pequeñas y medianas entidades.

Las cuotas participativas se concibieron como un instrumento similar a las acciones de los bancos, pero sin contar con derechos políticos en las asambleas ni en los consejos de las cajas. Era una vía para ampliar los recursos propios que hasta entonces se obtenían por la emisión de deuda subordinada.

El Tesoro definió entonces las cuotas participativas no sólo como un elemento para elevar la solvencia de las cajas, sino como un valor mobiliario. Para la emisión de estas cuotas, la entidad tenía que pedir autorización, aunque el decreto no establecía límite para las mismas. El Banco de España se reservaba la potestad de vigilar la cantidad emitida.

En cuanto a la retribución de las cuotas, el decreto no establecía límite máximo, aunque "debía ir en relación con los excedentes de las entidades". Para compensar unos ejercicios boyantes con otros que no lo fueran, Economía fijó la creación de un fondo de estabilización. La asamblea de las cajas podía dotar ese fondo cada año con un tope del 25% sobre el importe de lo destinado a pagar el rendimiento de las cuotas.

Por el contrario, si la caja tenía pérdidas, no se podría utilizar el fondo para pagar las cuotas en una cuantía superior al importe medio de las dotaciones de los tres últimos años. Las cuotas participativas, por su consideración de recursos propios, no podían ser adquiridas por las cajas emisoras.

Penalización

Fuentes del mercado señalan que dos son los elementos que han frustrado los deseos de sus inspiradores. En primer lugar, el trato penalizador que tenían en el anterior coeficiente de recursos propios, ya que, como participación en el capital de una entidad de crédito, las entidades que las adquiriesen debían cubrir esa inversión con un 35% de los recursos propios.

Este tratamiento desapareció en el actual coeficiente de solvencia, pero sigue el temor a que su emisión implique la pérdida de la identidad de las cajas de ahorros y de su naturaleza jurídica.

En segundo lugar, las cajas lo vieron como un proceso hacia la privatización, que en cualquier caso sigue estando presente en el sector. De hecho, el actual presidente de Caja Madrid, Miguel Blesa, lanzó el debate hace un par de años, cuando dijo que había que buscar instrumentos similares a las cuotas participativas para intentar que hubiera capital privado.

Las cajas de ahorros han optado de forma masiva por la deuda subordinada, que son títulos que suscribe el inversor basado en la solvencia de la caja y que, en caso de quebranto de la entidad, estos titulares son de los últimos en cobrar sus deudas.

La Caixa, Ibercaja y Caja España han sido las únicas que llegaron a debatir en serio la posibilidad de utilizar las cuotas participativas, pero al final desistieron.

Un nuevo entramado jurídico

La Ley de Órganos Rectores de las Cajas de Ahorro (LORCA) fue la última gran norma nacional dictada para el conjunto del sector. A partir de ella, se ha ido conformando un nuevo entramado jurídico en el que cada comunidad autónoma ha desarrollado su propia legislación.El denominador común de estas nuevas leyes ha sido el aumento de la presencia, en mayor o menor grado, de los representantes políticos en los órganos de dirección de las cajas.

Los debates, por ejemplo, de las leyes de la Comunidad Valenciana, o de Castilla-La Mancha, estuvieron adornados de fuertes ataques entre los dos partidos mayoritarios, el PP y el PSOE, acusándose mutuamente de querer asaltar las entidades de las comunidades implicadas. En Valencia, el PSOE acusaba, y en Castilla-La Mancha lo hacía el PP, casi con idénticos argumentos.

En estos momentos, se entra en la recta final de la discusión parlamentaria de una nueva ley, la andaluza. Nuevamente se reproducen las acusaciones entre las formaciones políticas, a pesar de los intentos por alcanzar un consenso. La futura ley andaluza va, además, un paso más allá. La Junta de Andalucía se ha empeñado en crear una gran caja, por lo cual ha expresado su voluntad de que las seis entidades regionales (Caja Sur, Caja Granada, Caja Jaén, Unicaja, El Monte y Caja San Fernando) se fundan en una.

Este proyecto tiene escasas posibilidades de llegar a buen puerto, si bien la Junta quiere impulsar otra figura novedosa en la legislación actual, la caja de cajas. Ésta sería una gran entidad que, básicamente, canalice las inversiones estratégicas en la región. Algo así como el brazo armado financiero de la Junta de Andalucía. Un proyecto que no está bien visto por el Banco de España ni por el Ministerio de Economía.

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