El juez eleva a sumario la acusación contra Liaño por presunta prevaricación
El magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, Joaquín Martín Canivell, acordó ayer transformar en sumario ordinario las diligencias previas abiertas contra el juez Javier Gómez de Liaño por presuntos delitos de prevaricación en sus decisiones como instructor de la causa sobre Sogecable. El magistrado del Supremo cumple así lo decidido por la Sala, que en febrero pasado aclaró que el proceso debía iniciarse como diligencias previas y pasar después a sumario "para otorgar mayores garantías al imputado".
En el auto que transforma el procedimiento en sumario ordinario, el magistrado Joaquín Martín Canivell dispone también la práctica de algunas diligencias. Entre ellas cabe destacar el reclamar de nuevo a la Fiscalía General del Estado que remita la denuncia que los abogados del presidente de PRISA, Sogecable y EL PAÍS, Jesús de Polanco, y de otros consejeros de Sogecable formularon al fiscal general del Estado, Jesús Cardenal, contra el fiscal Ignacio Gordillo, encargado del asunto sobre Sogecable.La denuncia se refería a que Gordillo se había apartado de las instrucciones recibidas del anterior fiscal del Estado, Juan Cesáreo Ortiz Úrculo, primero, y que fueron reiteradas por su sucesor, Jesús Cardenal, especialmente en cuanto a que no debía solicitar medidas cautelares personales contra Jesús de Polanco, después de que éste declarase el 23 de junio de 1997.
Las órdenes, por escrito, llevaban fecha de 7 de marzo y de 14 de mayo de 1997 y señalaban textualmente: "No deduciéndose de lo hasta ahora actuado los presupuestos constitucionales y legales suficientes habilitantes para la adopción de medidas cautelares de carácter personal, por parte del Ministerio Fiscal no se solicitará medida alguna de tal naturaleza y se opondrá a las que puedan solicitar otras partes". Más adelante los escritos añadían: "Igualmente el fiscal procederá, en su caso, a interponer los pertinentes recursos frente a las medidas cautelares de carácter personal que puedan adoptarse".
Gordillo diferenció entre medidas cautelares de carácter personal y de carácter real y solicitó la imposición de una fianza para Polanco, que el juez Javier Gómez de Liaño fijó en 200 millones de pesetas, además de otras cautelas complementarias como comparecer en el juzgado los días 1 y 15 de cada mes, pedir autorización para salir del territorio nacional y estar localizado en un teléfono.
Martín Canivell reclama también la decisión que adoptó el fiscal general del Estado respecto a la denuncia de los abogados de Sogecable.
El instructor pide asimismo que se le envíen los escritos que el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Eduardo Fungairiño, remitió a Gordillo con ocasión de las actuaciones sobre Sogecable, entre otros el oficio de 30 de septiembre de 1997, en el que le aparta provisionalmente del caso. Por último, el magistrado ha instado al Juzgado Central 1 de la Audiencia Nacional para que le remita copia de todas las actuaciones que se hayan realizado en la causa sobre Sogecable desde que se recusó a Gómez de Liaño hasta ahora.
El caso que ahora tramita el magistrado Joaquín Martín Canivell se originó como consecuencia de la querella presentada por Polanco y otros tres consejeros de Sogecable contra Gómez de Liaño por entender que en su labor como instructor había incurrido al menos en tres delitos de prevaricación. En concreto, la prohibición a Polanco, Juan Luis Cebrián, José María Aranaz y el auditor José Antonio Rodríguez Gil de abandonar el territorio nacional sin permiso nada más admitir la querella contra Sogecable; volver a decretar el secreto de la causa, después de que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional le hubiera ordenado levantarlo; y, por último, imponer una fianza de 200 millones a Polanco, después de que del informe de los peritos judiciales se desprendía que no existían delitos de apropiación indebida ni de estafa, las principales acusaciones de los querellantes.
Revocaciones
La Sala de lo Penal de la Audiencia revocó las decisiones del juez Gómez de Liaño en todas las ocasiones y en términos muy contundentes.Por otro lado, el Supremo ha aceptado la personación en la causa contra Gómez de Liaño de la Asociación de Estudios Penales, en calidad de acción popular, una vez que depositó la fianza de un millón de pesetas que se solicitó. La citada asociación está dirigida por el letrado y editor del diario Ya, José Emilio Rodríguez Menéndez, quien ya presentó otra querella contra el magistrado de la Audiencia Nacional, que fue rechazada por el Tribunal Supremo. Rodríguez Menéndez fue declarado imputado en el proceso que abrió el juez Gómez de Liaño como consecuencia del vídeo de contenido sexual del director de El Mundo, Pedro J. Ramírez, y que el magistrado atribuyó a una actuación de los GAL. Liaño, tras tomar declaración a un exempleado de Ya, al que otorgó la condición de testigo protegido, y declarar secreta la causa, ordenó el 21 de noviembre pasado el registro del despacho profesional de Rodríguez Menéndez.
El abogado se negó a declarar y recusó al magistrado. Gómez de Liaño le declaró imputado en delitos de asociación ilícita, revelación de secretos, encubrimiento de terrorismo y amenazas con chantaje. El asunto, sólo por revelación de secretos, sigue abierto en el Juzgado 28 de Madrid.
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