Liaño declara cuatro horas ante el Supremo por su actuación en Sogecable
El juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez de Liaño declaró ayer durante casi cuatro horas en calidad de imputado ante el magistrado del Tribunal Supremo Joaquín Martín Canivell, que tramita una causa contra él por presunto delito de prevaricación en relación con su actuación en las diligencias sobre Sogecable. Liaño, que declaraba por segunda vez en el proceso, no quiso firmar el acta a la espera de que se transcriba la grabación.
El caso se inició como consecuencia de una querella interpuesta por el presidente del Grupo PRISA, Sogecable y EL PAÍS, Jesús de Polanco, que consideraba delictivas varias de las decisiones de Gómez de Liaño en las actuaciones sobre Sogecable. Entre ellas la prohibición a Polanco de salir de España sin permiso del juzgado, la insistente declaración del secreto del sumario, incluso cuando la Sala le ordenó levantarlo y la imposición de una fianza de 200 millones de pesetas a Polanco después de que el informe de los peritos concluyera que no había delito en la actuación de Sogecable.El juez fue interrogado exhaustivamente sobre sus encuentros y relación con el primer denunciante del caso, Jaime Campmany. Gómez de Liaño respondió que el director de la revista Época es el suegro de la hermana de su mujer y explicó que ha comido varias veces con él, antes y mientras él era instructor del procedimiento sobre Sogecable.
El interrogatorio incidió también en la declaración del secreto del sumario que Gómez de Liaño decidió al día siguiente de abrir la causa. El juez insistió en que fue una decisión ajustada a derecho, necesaria para la buena marcha del procedimiento y adoptada a petición del fiscal. Gómez de Liaño llegó a decir que mantuvo el secreto de las actuaciones para proteger los intereses de los querellados, pero según Matías Cortés, Gómez de Liaño no pudo explicar porqué entonces los directivos de Sogecable le reclamaban el levantamiento de la medida.
Respecto a la decisión de declarar nuevamente el secreto del sumario cuando la Sala ya le había ordenado que lo levantase, Gómez de Liaño alegó que era conveniente para las investigaciones que realizaba la policía. El juez reconoció que fue él quien preguntó a la policía si el secreto les era necesario, y que los agentes le remitieron un informe escrito. Respecto a la prohibición de salir de España a Polanco, Gómez de Liaño alegó que lo consideró una medida proporcionada [la sala la revocó por innecesaria y desproporcionada] y sobre la imposición de una fianza de 200 millones a Polanco, cuando los peritos ya habían establecido que no existían ni apropiación indebida ni estafa, el juez precisó que desde su punto de vista los delitos sí existían. Agregó que la Sala estableció que no había delito muchomás tarde. El instructor Martín Canivell le recordó que podía existir prevaricación aunque no hubiera habido informe de la Sala. Gómez de Liaño intentó sin éxito que se aplazase su declaración, ante la ausencia del abogado José Emilio Rodríguez Menéndez, al que se ha admitido como personado en la causa y quiere interrogar al juez. Tras la declaración, el juez se negó a firmar el acta, alegando que contenía inexactitudes y que era preferible esperar a la transcripción literal de las cintas en las que se grabó el interrogatorio. Reclamó también al juez instructor Martín Canivell que cite cuanto antes a los testigos que él ha propuesto.
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