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Buyo mereció más de nueve partidos de castigo, según el comité de apelación

El comité de apelación de la Federación Española de Fútbol, que mantuvo el pasado viernes la sanción de tres partidos de suspensión impuesta al meta madridista Buyo por el comité de competición, considera que los incidentes protagonizados por Buyo fueron acreedores a un castigo mayor, que cifra en "más de nueve partidos". El comité de apelación no castigó según este criterio bajo la argumentación, rebatida por el Atlético, de que el recurso del club rojiblanco planteando una mayor sanción "llegó fuera de plazo" y el comité no quiso entrar de oficio.

Las secuelas del Real Madrid-Atlético del pasado día 3 en el estadio Santiago Bernabéu amenazan con prolongarse durante mucho más tiempo, al haber entrado ahora los dos clubes en una auténtica guerra de recursos a favor de sus propios futbolistas y en contra de los adversarios. El estado de la guerra jurídica se encuentra actualmente así: el comité de competición sancionó inicialmente a Buyo con tres partidos "por conducta contraria al buen orden deportivo", a Paulo Futre con tres por insultar al árbitro de aquel encuentro, Martín Navarrete, y dejó sin sanción al meta rojiblanco Abel, que había realizado unos cortes de manga.Ambos clubes recurrieron estas sanciones al comité de apelación, y éste decidió el pasado viernes mantener los tres partidos a Buyo, pero suspendió también a Abel atendiendo a un recurso madridista en el que se pedía castigo para el meta rojiblanco, tras aportar pruebas fotográficas aparecidas en el diario Marca y una cinta con declaraciones del portero rival a Antena 3. El Atlético recurrió a su vez ante el comité superior de disciplina deportiva, en solicitud de inhabilitación a perpetuidad para Buyo -califica su conducta como "criminal"- o, en su defecto, una mayor sanción, así como la suspensión cautelar de las sanciones a Abel y a Futre para que ambos puedan jugar el próximo domingo contra el Barcelona. Este último organismo disciplinario se reunió ayer pero al no tener el expediente completo de las decisiones del comité de apelación ha pospuesto para mañana el inicio de sus acciones.

El Atlético recibió la sentencia del comité de apelación a última hora de la tarde de ayer y en la misma, a la que ha tenido acceso este periódico, se juzga con dureza, la actuación de Buyo, lo que se considera escasa sanción de tres partidos impuesta al meta madridista por el comité de competición, y en la que existen también críticas al tono "incorrecto" en algunos apartados de los recursos del Real Madrid: "Para el logro de sus pretensiones impugnatorias [las del Madrid] se utilizan expresiones absolutamente insólitas en la práctica normal, dada la terminología empleada y apareciendo tan sólo dudosamente justificadas en el ejercicio del derecho de defensa".

Correctivos más severos

En los considerandos sobre Buyo se señala: "El análisis del diverso material probatorio pone de manifiesto que si algún error de tipificación es imputable al comité de competición sería por defecto, al no haber incardinado la actuación de Buyo en preceptos del Reglamento cuya aplicación hubiere podido traducirse en la imposición de correctivos más severos. Basta la simple contemplación de la película de los hechos -medio probatorio [el vídeo] cuyo uso en nada afecta al principio de igualdad-, para concluir que en el comportamiento desplegado por Buyo existen toda una gama de actitudes que representan un absoluto desprecio a principios deportivos esenciales para la subsistencia del fútbol, como la aceptación del juego limpio o el respeto al adversario"."La especialmente violenta forma de producirse frente al jugador Manolo bien pudiera haber sido sancionada con suspensión de dos partidos. La actitud maliciosa de aproximarse reptando a un jugador adverso caído en el suelo [Futre], similando una lesión y tratando como después logró, de hacer ver al árbitro que había sido objeto de una inexistente agresión para conseguir la injusta expulsión de un contrario [Orejuela], podrían ser sancionables por más de cuatro partidos. Y el acto de golpear, durante el tumulto posterior, con el puño a un contrario [Orejuela], cuando el juego estaba detenido, pudiere integrar una agresión castigada con tres partidos. Él [Buyo] desarrolló una reprobable conducta y actuó como agente provocador, pudiendo haber originado con su irreflexivo proceder consecuencias harto más lamentables que las producidas si sus rivales hubieran respondido en similares términos a su incitación".

El comité de apelación no aplicó este duro criterio sancionador a Buyo bajo el argumentio de que no podía entrar de oficio, así como que el recurso del Atlético en este sentido "llegó fuera de plazo", aspectos ambos que rebate José Luis Sierra, abogado rojiblanco, apelando al artículo 61 de los reglamentos sancionadores que señalan que el comité sí puede sancionar "si conoce los hechos, como así es demostrable jurídicamente". Sierra se pregunta también las razones por las que dicho comité no abrió ya un expediente sancionador, tal como pedía el Atlético, en una anterior reunión celebrada el pasado día 7: "Da toda la impresión de que se han molestado con el tono incorrecto de los recursos del Real Madrid, y le dan ahora un palito moral, sin darse cuenta -o quizá sí- de que a nosotros nos dejan doblemente insatisfechos: primero, porque no han sancionado al señor Buyo como se merecía, y segundo porque nos dan la razón sin que ello valga para nada salvo, espero, ante comités superiores".

Este documento va a ser utilizado por el Atlético para conseguir un mayor castigo de Buyo por parte del comité de disciplina deportiva.

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