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Paulino Martín, elegido presidente de la Junta Electoral Central

El magistrado Paulino Martín Martín fue elegido ayer presidente de la Junta Electoral Central, durante la sesión constitutiva de este órgano, celebrada en el Congreso de los Diputados.El elegido, que sucede en el cargo al presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Federico Carlos Sainz de Robles, recibió 11 de los 13 votos de los ocho magistrados del Tribunal Supremo y cinco catedráticos que integran la Junta Electoral.

Agustín Muñoz Álvarez fue elegido vicepresidente de la Junta, que es el órgano superior de la administración electoral y tiene por finalidad garantizar la objetividad y transparencia del proceso electoral, así como aplicar el principio de igualdad.

El acto constitutivo de la Junta Electoral celebrado ayer en el Congreso de los Diputados obedece a lo dispuesto en la nueva ley de Régimen Electoral General, aprobada el pasado mes de junio.

Paulino Martín calificó como "una carga" su elección, destacó que con la aplicación del nuevo sistema "se ha querido acentuar la forma democrática de elección de los vocales" y subrayó el papel decisivo que la ley electoral confiere a la Junta Electoral, como garantía suprema del proceso de elecciones.

Los ocho vocales designados por el Consejo del Poder Judicial entre magistrados del Tribunal Supremo son José María Ruiz-Jarabo, Rafael Pérez Gimeno, José Luis Martín Herreros, Julián García Estartus, Jaime Santos Briz, y Julio Fernández Santamaría, así como Paulino Martín Martín y Agustín Muñoz Álvarez.

El Congreso de los Diputados, por su parte, eligió a los catedráticos de Derecho en activo Pablo Lucas Verdú, Alejandro Nieto, Pedro Vega, Manuel Alonso Olea y Luis López Guerra como vocales de la Junta Electoral.

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La Junta debe resolver las dudas que le planteen las juntas electorales provinciales, así como las quejas, reclamaciones y recursos que le sean presentados.

Del mismo modo, ejerce jurisdicción disciplinaria sobre todas las personas que, con carácter oficial, intervengan en las operaciones electorales, y debe corregir las infracciones que se produzcan durante el proceso de los comicios. Está igualmente facultada para imponer multas.

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