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La Audiencia comunica al juez la decisión sobre la declaración oral de Jordi Pujol

El presidente de la Audiencia Territorial de Barcelona, Cesáreo Rodríguez Aguilera, notificó ayer al juez instructor del caso Banca Catalana y a los fiscales el auto que resuelve la fórmula definitiva de la declaración de Jordi Pujol. El propio Rodríguez Aguilera, en su calidad de ponente, fue el redactor de dicho auto, del que dio cuenta en la mañana de ayer en una conferencia de prensa.En el auto se indica que la posibilidad excepcional de prestar declaración por escrito está limitada legalmente a aquellas personas llamadas como testigos que desempeñan altos cargos y que tuvieron conocimiento de los hechos presuntamente delictivos por razón de sus cargos. El pleno de la Audiencia constató que no era éste el caso de Pujol, al tratarse de un inculpado, por lo que acordó que debía prestar declaración oral.

Sin embargo, la declaración escrita de Pujol no queda anulada, sino que se agregará al sumario, únicamente a título de manifestación personal. Su declaración oral se celebrará "en el momento y lugar que estime pertinente" el instructor, "sin que procedan las demás pretensiones del recurso".

El auto contiene cinco considerandos. El primero es una explicación del recurso de queja interpuesto por los fiscales, sobre el que se indica que no aparece como un recurso contra la inadmisión de la apelación formulada anteriormente, sino contra el pronunciamiento desestimatorio de la reforma. El segundo considerando recuerda que la regla general por la que se obliga a concurrir al mandamiento judicial para declarar, del artículo 4 10 de la ley de Enjuiciamiento Criminal, se matiza con las excepciones relativas a titulares de altos cargos, que podrán en algunos casos declarar en su domicilio o despacho oficial.

En tercer lugar, el auto recuerda que ya en el recurso del ministerio fiscal se reconoce el rango del presidente de la Generalitat, equiparable al de otras autoridades. El siguiente considerando recuerda la vigencia del artículo 14 de la Constitución -que establece la igualdad de los españoles ante la ley- y señala la posibilidad de excepciones. El quinto considerando reclama para el instructor la función de determinar el lugar en que se debe producir la declaración oral de Pujol, a quien los fiscales podrán formular preguntas.

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