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Los diputados deben acatar la Constitución según el Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de amparo planteado por los diputados de Herri Batasuna (HB), Iñaki Esnaola y Periko Solabarría, contra la declaración del Congreso de los Diputados que les privó de los derechos y prerrogativas parlamóntarias, hasta tanto cumplimentaran el juramento o promesa de acatamiento a la Constitución. El alto tribunal considera que el requisito reglamentario de la jura o promesa "se limita a formalizar él deber positivo de acatamiento que contiene la Constitución".Según esta interpretación, que viene a respaldar la decisión adoptada en su día por el Congreso de los Diputados, los titulares de los poderes públicos tienen un deber general positivo de acatamiento a la Constitución, "lo que no supone necesariamente una adhesión ideológica ni una conformidad a su total contenido, dado que también se respeta la Constitución en el supuesto extremo de que se pretenda su modificación por el cauce establecido en los artículos 166 y siguientes".

Otra de las argumentaciones esgrimidas en la sentencia es la de que los diputados "representan al conjunto del pueblo español", ya que, afirma el Tribunal Constitucional, "otra cosa sería abrir el camino a la disolución de la unidad de la representación y con ello de la unidad del Estado". El hecho de que el electorado de HB votara negativamente en el referéndum constitucional no es tenido -en cuenta por el alto tribunal, que vincula la validez de la Constitución a su ratificación por la mayoría del pueblo español, "con independencia de cuál fuera el voto de ésta o aquella persona, de éste o aquel grupo de electores, pues de no ser así, ninguna norma aprobada por una mayoría con el voto en contra o la abstención de una minoría podría pretender obligatoriedad general".

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