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Publicada la ley orgánica de delitos monetarios

Las empresas y bancos españoles que, sin autorización, concedan o reciban préstamos en divisas por valor superior a dos millones de pesetas a entidades extranjeras, incurrirán en delito monetario. Fuentes solventes de la Administración explicaron a Efe que este es uno de los principales puntos que concreta la ley orgánica por la que se modifica la ley de delitos monetarios, sobre régimen jurídico de control de cambios, y que publicó ayer el Boletín Oficial del Estado. Queda también perfilado como delito monetario el otorgamiento sin autorización de garantías y avales por parte de entidades españolas a extranjeras.Ambos supuestos se concretan en la nueva redacción, puesto que en la antenor disposición no se especificaban con detalle.

La ley orgánica publicada ayer no supone una modificación total de la ley vigente (de 10 de diciembre de 1979), sino sólo en el capítulo segundo, referido a los delitos monetarios.

Las citadas fuentes de la Administración indicaron que, desde el puntó de vista formal, la principal modificación sobre la norma anterior es la de su consideración como ley orgánica.

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