Castedo reitera su intención de no dimitir
Fernando Castedo, director general de RTVE, acudió ayer por la mañana al palacio de la Moncloa, adonde fue llamado, y se entrevistó con Ignacio Aguirre, secretario de Estado para la Información. El director general de RTVE dijo, a preguntas de este periódico, que fue «una entrevista cordialísima, para tratar temas de política informativa de Estado».«No tengo más noticia sobre mi hipotético cese que el artículo de Ricardo de la Cierva publicado anteayer en Ya y algunos despachos difundidos por la agencia Europa Press», declaró ayer a EL PAIS Fernando Castedo, en términos parecidos a los que utilizó en la última sesión del Consejo de Administración.
Fuentes de la Presidencia del Gobierno y de la presidencia de Unión de Centro Democrático manifestaron asimismo a EL PAIS que desconocían el origen de los rumores sobre el eventual cese del director general de RTVE, y calificaron la información de Ricardo de la Cierva como «una opinión muy personal».
A la pregunta de si las presiones externas están provocando el desánimo del equipo directivo de RTVE, el director general contestó: «Seguimos trabajando todos los días el mismo número de horas que el día anterior, con normalidad y sin preocuparnos, en absoluto, de los rumores». Castedo reiteró anteriores declaraciones suyas en el sentido de que «no existen razones para que pueda presentar la dimisión».
La eventual destitución de Fernando Castedo por decisión del Consejo de Ministros preocupa, sin embargo, dentro del Consejo de Administración de RTVE y se sabe que, al menos socialistas y comunistas, presentarían recurso contencioso-administrativo contra la hipotética decisión del Gobierno. Según la ley aprobada por las Cortes, el Gobierno sólo puede cesar al director general una vez oído el consejo de administración, «mediante resolución motivada por alguna de las siguientes causas: imposibilidad física o enfermedad superior en su duración a seis meses continuos; incompetencia manifiesta o actuación contraria a los criterios, principios u objetivos a que se refieren los artículos 3º y 4º de este Estatuto; condena por delito doloso y a propuesta del consejo de administración adoptada por mayoría de dos tercios y fundada en algunas de las causas ya mencionadas.
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