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Acuerdo parlamentario sobre las dos grandes leyes que regulan la Justicia

Los grupos parlamentarios han alcanzado acuerdos importantes sobre la ley orgánica del Poder Judicial y el estatuto del ministerio fiscal pendientes de debate en el Parlamento- durante las reuniones que mantuvieron a lo largo de esta semana en el monasterio de El Paular, según informa Efe. Entre las novedades acordadas destaca la creación de juzgados unipersonales de lo contencioso-administrativo y de lo social, y la constitución de un consejo fiscal paralelo al del Consejo General del Poder Judicial.Este consejo fiscal estaría presidido por el fiscal general del Estado, e integrado por un teniente fiscal del Supremo, un fiscal de sala del Supremo, un fiscal de tribunal superior de justicia o territorial, un fiscal provincial, dos miembros del ministerio fiscal con categoría fiscal y dos con categoría de abogado fiscal. Todos ellos, a excepción de los dos primeros, se elegirían por los miembros del ministerio fiscal en activo.

Se acordó también crear un ministerio fiscal único para todo el Estado, cuyos órganos serían el fiscal general del Estado, el consejo fiscal, la fiscalía del Tribunal Supremo, la fiscalía ante el Tribunal Constitucional y las fiscalías de la Audiencia Nacional, audiencias territoriales, tribunales superiores, provinciales y de partido. El Gobierno podrá interesar del fiscal actuaciones en orden a la defensa del interés público, y el fiscal general del Estado, oída la junta de fiscales de salas del Supremo, resolverá sobre la viabilidad o procedencia de las actuaciones interesadas y contestará al Gobierno de forma razonada.

En las reuniones citadas sólo pudo estudiarse una quinta parte de los artículos del proyecto de ley orgánica del Poder Judicial. Los socialistas se opusieron a la existencia de los juzgados de distrito, pero se acordó, por acuerdo mayoritario, la creación de los juzgados unipersonales de lo contencioso-administrativo y de lo social. La justicia intervendrá a través de los órdenes civil, penal, administrativo y social, y el Tribunal Supremo constará de cuatro salas, una por cada orden. En los tribunales superiores de las comunidades autónomas se integran las audiencias territoriales y se establece una sala de recursos que incluso podrá casar sentencias en materia especial o foral.

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