El Supremo reconoce al Sindicato Unitario derecho al patrimonio sindical
La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia que había sido dictada por la Audiencia Nacional a favor del Sindicato Unitario, por la que esta organización sindical tenía derecho a beneficiarse del reparto del actual patrimonio sindical.
La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo ha desestimado el recurso de apelación que interpuso la representación del Estado contra la citada sentencia, de fecha 2 de abril de 1980.El proceso comenzó cuando el Sindicato Unitario se dirigió al Ministerio de Trabajo, en marzo de 1979, pidiendo locales del denominado patrimonio sindical. La Administración respondió con el silencio administrativo, lo que significaba el rechazo a la solicitud. El Sindicato Unitario recurrió a los tribunales de justicia, que el 2 de abril de 1980 le dieron la razón. La Administración pública apeló contra esta sentencia y ahora la Sala Tercera de lo contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, confirma aquella sentencia de abril de 1980, en virtud de la cual el Sindicato Unitario también podrá recibir bienes procedentes del patrimonio sindical.
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