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Caza

Los cazadores precisan una documentación previa

La temporada general de caza está a punto de comenzar -la veda se levantará el segundo domingo de octubre- y los cazadores deben moverse en un marco legal, pleno de burocracias, porque manejan armas de fuego. El cazador no puede, sin más, comprarse una escopeta y salir al campo. Es necesario llevar una documentación y cumplir unos requisitos, que aún son mínimos, porque no tiene que pasar por ninguna clase de examen, como en otros países.Para cazar con armas de fuego hay que ser mayor de dieciocho años. Desde los catorce se puede, pero hay que ir acompañado necesariamente de un cazador mayor de edad. Documentos imprescindibles que hay que llevar son la licencia de caza, el seguro obligatorio de responsabilidad civil, el permiso de armas y la guía de pertenencia de la escopeta, además del documento nacional de identidad.

La licencia de caza tiene validez anual y su precio máximo es de 1.125 pesetas; con ella se puede cazar en todas las provincias españolas cualquier especie. Luego hay otros tipos, ya más baratas, según la modalidad de caza que se piense practicar o si el cazador no sale de su región. La licencia la extiende el Icona.

El seguro obligatorio de caza no llega a las doscientas pesetas y, sin él, la licencia de caza se considera nula a todos los efectos. Cubre los daños corporales a terceros hasta 300.000 pesetas y puede verse complementado con un seguro voluntario, cuya prima va en función de lo que se quiera asegurar. Estos documentos los extienden las compañías de seguros.

El permiso de armas se tramita en el gobierno civil y tiene una validez de cinco años. Autoriza la tenencia de determinadas armas largas para su empleo en la caza mayor y menor.

Por último, también hay que llevar la guía de pertenencia del arma que se utiliza. Esta se concede en el momento de la compra en la misma armería y debe ser revisada anualmente por la Guardia Civil.

La falta de cualquiera de los documentos citados o su caducidad está sancionada, y está previsto en la reglamentación, como primera medida, la retirada del arma.

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