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Se dispara el salario mínimo

El salario mínimo tendrá que modificarse el próximo 1 de octubre de forma sustancial. Según imperativo legal del artículo 28 de la ley de Relaciones Laborales, debe revisarse semestralmente cuando en ese período el coste de vida calculado por el Instituto Nacional de Estadística supere 5 puntos.Han transcurrido tres meses desde que entró en vigor la cifra de 345 pesetas como salario mínimo interprofesional (SMI) y, disponemos de datos provisionales de la evolución del coste de vida de dos de estos meses. En ellos el aumento supera el 6,61 por 100.

La indexación semestral (corrección de las variables económicas, salarios, precios, conforme al índice de inflación) prevista en la ley de Relaciones Laborales tiene que entrar en funcionamiento de forma inmediata.

La variación del salario mínimo con carácter nacional tiene una repercusión inmediata sobre un millón de trabajadores afectados directamente por él bien por sus remuneraciones o por su situación de percibidores del seguro de desempleo.

Pero donde afecta más profundamente el salario mínimo es en las cuotas de la Seguridad Social, que tienen carácter general para todos los asalariados. Las empresas tendrán que modificar todas las bases de cotización si, como manda Ia ley, se revisa el salario en octubre.

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