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La conjunción copulativa que salvó la ducha de Sergio Ramos

La ambigua redacción del reglamento antidopaje impidió a la agencia española sancionar al capitán del Real Madrid, que desobedeció al agente de un control

Carlos Arribas
Sergio Ramos celebra con Lucas Vázquez un gol al Roma.
Sergio Ramos celebra con Lucas Vázquez un gol al Roma. FILIPPO MONTEFORTE (AFP)

Una duda aparentemente menor —¿tienen derecho los deportistas a darse una ducha antes de pasar control antidopaje?—, la mala educación de un deportista desobediente y el silencio que ha rodeado al asunto han generado, a su pesar, las mayores sospechas internacionales en mucho tiempo sobre la independencia de la agencia española antidopaje (AEPSAD), que ha archivado el caso de Sergio Ramos, el futbolista que se duchó antes de un control tras el Málaga-Real Madrid en abril pasado.

Ni la pregunta es inocente ni la respuesta es sencilla. Y ni desde la AEPSAD, cuyo director, José Luis Terreros, se remite a un comunicado tan ambiguo como su reglamento; ni desde el Consejo Superior de Deportes (CSD), cuya presidenta, María José Rienda, es presidenta también del consejo rector de la AEPSAD, se ha intentado acabar con la duda para beneficio de deportistas, controladores y público en general.

Todo depende del deporte que se practique y de la autoridad que se encargue del control. Tres artículos diferentes, insertados en tres reglamentos diferentes para un mismo acto, el de un control de orina, permiten tres interpretaciones diferentes. Un ciclista controlado por la Unión Ciclista Internacional (UCI) no puede ducharse antes de un control, pues así lo establece taxativamente su reglamento y se aplica aunque el corredor esté embarrado y empapado después de una París-Roubaix, por ejemplo; si el deportista no es ciclista y el control lo ordena cualquier otra federación internacional, sí que puede ducharse, pero en el caso de un control ordenado por la agencia española, la legalidad de la ducha depende de la mirada del controlador.

Y dependerá, sobre todo, del espíritu y del ánimo de los responsables de la agencia a la hora de interpretar el significado de la conjunción copulativa y griega inserta tras una coma en una serie antes unida por la conjunción disyuntiva o en el artículo 77.2 del real decreto de 2009 que regula los controles en competición: El agente de control “deberá prohibirle ducharse o bañarse, y orinar”.

El médico andaluz que, mandatado por la empresa alemana PWC, intentó prohibir que se duchara el capitán del Real Madrid interpretó que el artículo prohíbe tajantemente ducharse, sin más. El jugador le dijo que los controladores de la UEFA le dejaban ducharse, lo que no es descabellado ya que el reglamento de la europea de fútbol no cita ni una sola vez la palabra ducha (y solo una vez la cita el de la FIFA, donde estipula que la sala de control de dopaje deberá disponer de ducha, lavabo y retrete).

Los responsables de la agencia española (AEPSAD) en un principio interpretaron el asunto con la mirada restrictiva del agente antidopaje y, como desveló Der Spiegel, iniciaron un procedimiento informativo por presunta falta muy grave del jugador cinco meses después.

Lo que ocurrió después está abierto a especulación. Solo se sabe oficialmente que la AEPSAD decidió finalmente no abrir expediente sancionador a Ramos por falta de “evidencias o indicios suficientes de una posible infracción”. La razón no ha sido hecha pública, pero la conclusión de que los abogados de la agencia se agarraran a la conjunción copulativa del artículo para retroceder la avala la interpretación de Volker Laakmann, director de PWC.

Sin referirse en concreto al caso Ramos, Laakmann llama la atención sobre el artículo 5.4.1 i del reglamento establecido por la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) para regular el asunto, el Estándar internacional de control e investigación. “El/la deportista no podrá orinar en la ducha”, dice la norma, sin más. “Habría que suponer que el espíritu de la regla española que habla de ducharse y orinar es traducir el reglamento de la AMA”, dice Laakmann. “Pero yo no sé, no hablo del caso Ramos en concreto”.

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Sobre la firma

Carlos Arribas
Periodista de EL PAÍS desde 1990. Cubre regularmente los Juegos Olímpicos, las principales competiciones de ciclismo y atletismo y las noticias de dopaje.

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