La juez anula las escuchas a Marta Domínguez
La magistrada rechaza, no obstante, los recursos presentados por Eufemiano Fuentes, su hermana Yolanda, el preparador José Luis Pascua y el entrenador César Pérez
La juez Mercedes Pérez Barrios, que instruye la Operación Galgo, ha dictado un auto que resuelve en una única resolución la veintena de recursos presentados por las partes implicadas en la mayor trama de dopaje de la historia del atletismo español. En el escrito, la magistrada anula las escuchas telefónicas practicadas por la Guardia Civil a la atleta Marta Domínguez, así como a su agente, José Alonso Valero, al entrenador Manuel Pascua Piqueras y a su esposa, María José Martínez.
Aunque mantiene vigentes las demás diligencias, como las derivadas de los registros domiciliarios, admite los recursos presentados por las citadas personas. No estima, sin embargo, los propuestos por el médico Eufemiano Fuentes, su hermana Yolanda, el preparador deportivo José Luis Pascua y el entrenador César Pérez, que también habían pedido la anulación de las escuchas telefónicas.
En este caso, estas últimas escuchas mantienen su validez, ya que se tratan de medidas proporcionales e idóneas para la investigación, mientras que en el de Marta Domínguez, la intervención de sus comunicaciones no estaba justificada porque con las escuchas ya practicadas a otros implicados ya estaban controladas las llamadas efectuadas o recibidas por la atleta.
Según el auto, "se observa una suerte de confusión entre las conductas sancionables en el ámbito deportivo y las conductas penales, pues efectivamente lo que se pone de manifiesto son las sospechas de que Marta Domínguez fuese consumidora de sustancias prohibidas en el deporte, lo que daría lugar a una sanción en dicho ámbito pero nunca a una imputación penal".
En el caso de Manuel Pascua, la juez considera que "ni tan siquiera se observa en los operativos una actividad sospechosa" y que "existía otro medio de acreditar su posible participación en los hechos". Respecto al exatleta Alberto García, envuelto también en la trama, se declaran nulos "todos los autos dictados, incluido el de entrada y registro, por derivar directamente de la intervención telefónica declarada nula, conservando su validez las declaraciones prestadas en sede policial y sede judicial", apunta el texto.
El pasado mes de abril, la magistrada titular del Juzgado de Instrucción número 24 acordó archivar provisionalmente las actuaciones relativas a la comisión de un supuesto delito de dopaje deportivo sobre Marta y su agente, José Alonso Valero, tras confirmar la Agencia Española de Medicamentos y la Agencia Estatal Antidopaje que las botellas que le facilitaron a Alberto García no contenían sustancias dopantes.
Sin embargo, se mantuvo abierta la investigación judicial por la supuesta comisión de un delito fiscal y por, supuestamente, haber suministrado sin receta médica un fármaco a su compañero de entrenamientos Eduardo Polo.
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