El juez español prohíbe a Italia usar la sangre de la Operación Puerto
Pese al auto emitido hoy, el CONI mantiene la convocatoria a Valverde, citado para declarar mañana en Roma
El caso Valverde toma un nuevo rumbo. El titular del Juzgado de Instrucción número 31 de Madrid que instruye la Operación Puerto ha declarado la nulidad del proceso de petición de pruebas realizado por el CONI (Comité Olímpico Italiano) en relación con la presunta implicación de Alejandro Valverde en el caso. Pese a todo, el organismo italiano no dará marcha atrás y mantiene la citación del ciclista español para que declare mañana en Roma. El fiscal antidopaje del CONI, Ettore Torri, asegura que no ha recibido ningún comunicado oficial por parte del Juzgado y por tanto, mantendrá la convocatoria del corredor español.
Valverde, que milita en las filas del Caisse D'Epargne, todavía no ha decidido si acudirá al interrogatorio. Tras conocer la decisión del juzgado madrileño, Valverde y su representante mantendrán una teleconferencia esta tarde con sus abogados en Madrid, José Rodríguez, y en Roma, Federico Cecconi, que le pondrán al día sobre los detalles del proceso y le darán su opinión sobre si viajar a Italia a declarar ante el CONI.
Así lo ha declarado Paco Sánchez Sabater, agente del ciclista, que ha manifestado que "si no es obligatorio asistir, mi consejo es que no vaya". El representante ha asegurado que no entiende por qué "en Italia tienen que seguir insistiendo en un caso que sucedió en España hace cuatro o cinco años y en el que Alejandro nunca ha sido imputado".
El auto emitido hoy por el juez instructor de la Operación Puerto declara la nulidad del proceso, "en especial la obtención de muestras personales de sangre, al ponerse de manifiesto que el denominado Procura Antidoping del CONI, organismo peticionario, aunque aparezca en sus comunicaciones como Oficina de la Fiscalía Antidopaje, es un órgano administrativo dependiente del Ministerio de Cultura italiano, en caso alguno vinculado a la Administración de Justicia italiana". Además, "prohíbe expresamente emplear las evidencias obtenidas en la comisión de un delito para la investigación de otros distintos, como es el caso del referido al ciclista español Alejandro Valverde Belmonte".

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