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Condenado el líder del PP de Barcelona a una multa de 180 euros por maltrato físico leve

Josep Bou cogió por el cuello a un hombre que le increpó durante una procesión religiosa

Barcelona -
El concejal del PP en el Ayuntamiento de Barcelona Josep Bou en una foto de la campaña electoral.
El concejal del PP en el Ayuntamiento de Barcelona Josep Bou en una foto de la campaña electoral.Massimiliano Minocri

Un juez ha condenado al líder del PPC en el Ayuntamiento de Barcelona Josep Bou a una multa de 180 euros por un delito leve de maltrato físico a una persona que le increpó el pasado 15 septiembre, durante la procesión religiosa de la Hermandad de la Mercè. Bou participaba en el acto en los accesos a la catedral de Barcelona. En ese momento, un colaborador habitual de este centro religioso que iba a asistir a la misa cuestionó la banda de la música que sonaba en la procesión al afirmar que esta le parecía "inadecuadamente marcial", que "con este ritmo" no se podía "entrar en la catedral" y que solo les faltaba "la cabra". Bou se molestó e intentó apartar al hombre cogiéndolo por el cuello.

Bou pidió al hombre que se apartara porque estaba interrumpiendo el paso de la procesión. Al no hacer caso a esta petición, Bou cogió por el cuello al hombre e intentó apartarlo sin conseguirlo, hasta que intervino la Guardia Urbana.

El hombre tuvo que ser atendido en el centro de asistencia primaria (CAP) Ciutat Vella Peracamps, donde se le diagnosticó una "contusión en el cuello por compresión", con una previsible curación de un día y sin secuelas.

En una sentencia, el juzgado de instrucción número 29 de Barcelona ha condenado al concejal popular a una multa de un mes con una cuota diaria de seis euros por un delito leve de maltrato físico, así como a las costas procesales, mientras que la Fiscalía pedía su absolución.

El juez, en su escrito, considera probado la constitución de este delito leve de maltrato físico por las declaraciones del denunciante, que han sido contrastadas por los agentes durante el juicio oral, aunque no ve en cambio "suficientemente acreditado que se haya producido una lesión propiamente dicha".

Además, la sentencia señala que Bou, en su comparecencia ante el tribunal, no transmitió "convicción judicial suficiente" sobre el incidente al apreciarse "cierta inseguridad", frente al "rotundo testimonio" del denunciante.

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