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Denegado el indulto a un policía local que abofeteó a un detenido esposado

No ingresará en prisión pero el Ayuntamiento de Alcorcón anuncia que le expulsará del cuerpo

F. Javier Barroso
El policía municipal de Alcorcón golpea al detenido esposado.
El policía municipal de Alcorcón golpea al detenido esposado.TELEMADRID

El Ministerio de Justicia ha denegado el indulto a un policía local de Alcorcón (169.800 habitantes), Mario M. de B., que fue condenado por la Audiencia Provincial de Madrid por pegar a un detenido esposado, según confirmaron fuentes municipales.

Así, el tribunal podrá ejecutar de inmediato la sentencia, con una pena de seis meses de prisión y la inhabilitación para cargo público por dos años. El Ayuntamiento (PP) ha anunciado que en cuanto llegue la comunicación judicial iniciará un expediente sancionador para la expulsión definitiva del agente.

En la madrugada del 21 de febrero de 2009 fue detenido Ernesto C. A. como supuesto autor de un delito contra la seguridad del tráfico por conducir ebrio. Cuando llegó a las dependencias policiales de la calle de la Jabonería (ya derruidas), empezó a chillar que los agentes le habían pegado. Mario M. de B., que entonces era cabo (ahora ya es sargento) y responsable del turno de noche, se dirigió hacia él, según se ve en el vídeo grabado por otro agente, y le preguntó qué pasaría si le pegara él.

El detenido contestó: “¡Pégame, pégame, pégame!”. El cabo le propinó entonces tres bofetadas y le espetó: “¿Quieres más, eh? Pero ¿con quién te crees que estás hablando?”. A continuación le llamó “pintamonas”. El agente que grabó el vídeo —con placa 1.369, según se supo en el juicio— bajó entonces el teléfono móvil y se enfocó sus botas

La agresión fue presenciada al menos por otros cinco policías, que no intervinieron. Solo uno de ellos lo intentó, exclamando: “Ya vale. Para, para”. En ese momento se escuchan otras dos bofetadas que la cámara no graba porque el móvil ya está mirando al suelo. El detenido estuvo siempre esposado.

Las imágenes estuvieron guardadas en un cajón unos 19 meses. Fue Telemadrid quien las difundió en septiembre de 2010. A partir de ahí, se inició un largo proceso judicial que concluirá ahora con la ejecución de la condena.

El Ayuntamiento de Alcorcón, gobernado entonces por el PSOE, suspendió al agente cautelarmente de empleo y sueldo y remitió el vídeo al juzgado de guardia. La primera condena llegó el 6 de julio de 2012. La Sección séptima de la Audiencia Provincial le consideró autor de un delito contra la integridad moral de las personas basándose en las imágenes grabadas con el móvil, y concretaron que no había existido ninguna manipulación de las mismas.

El policía explicó en el juicio que su única intención fue “evitar un mal mayor”, dada la agresividad que presuntamente mostró el detenido en dependencias policiales, y en especial que pudiera agredir a otros compañeros. Su defensa resaltó que el agredido nunca denunció los hechos y que el vídeo se hizo público de manera irregular con la única intención de perjudicar a Mario M. de B.

El propio agente que grabó las imágenes intentó pedir perdón al sargento al terminar el juicio, ya fuera de la sala, pero su superior se negó a escucharlo.

El mando policial recurrió el fallo ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que el 11 de julio de 2013 emitió un pronunciamiento desfavorable para el agresor. Los magistrados calificaron de “una brutalidad singular” los cinco tortazos que propinó al detenido. Incluso consideraron que la sentencia de la Audiencia Provincial había sido “muy favorable” para el agente. “La víctima estaba detenida, engrilletada y con las manos a la espalda”, recoge la sentencia del Supremo. Esas circunstancias son las que demostrarían para los magistrados que hubo un delito más grave. Estos recordaron que el detenido estaba rodeado de policías y que su peligrosidad era “nula”. “De ninguna manera había necesidad de hacer uso de ninguna violencia y, por tanto, cualquiera que se ejerciera sobre el detenido era desproporcionada”, concluyen. También desmontaron que se vulnerara la intimidad del agente y del propio detenido (del que se tapa la cara en el vídeo difundido): “El material fotográfico y videográfico obtenido en el ámbito público y sin intromisión indebida en la intimidad personal o familiar tiene un valor probatorio innegable”. A eso se añade que la verdadera intención de la persona que filtró las imágenes son “irrelevantes”, según los jueces.

El último resquicio que le quedaba al agente para evitar la ejecución de la pena era que el Gobierno (PP) le indultara. El pasado martes se le comunicó la denegación de la gracia.

El Ayuntamiento no había recibido a finales de la semana pasada la notificación judicial para ejecutar la sentencia. El agente no ingresará en prisión al ser su primer delito y tener una pena menor a dos años de cárcel. Eso sí, la suspensión de cargo público de dos años será ejecutada, según fuentes municipales, desde el mismo momento en que se reciba la comunicación.

También se iniciará de inmediato el expediente sancionador para expulsarlo del cuerpo, ya que se trata de un delito doloso y “de gran gravedad” para un agente. Fuentes policiales confiaban aún en que el Ayuntamiento no materializara esa expulsión, como ha ocurrido en otras ocasiones, y que, una vez cumplida la condena, el agente pudiera regresar a su puesto. Si al final el Ayuntamiento concluye el expediente, su carrera policial habrá acabado.

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Sobre la firma

F. Javier Barroso
Es redactor de la sección de Madrid de EL PAÍS, a la que llegó en 1994. También ha colaborado en la SER y en Onda Madrid. Ha sido tertuliano en TVE, Telemadrid y Cuatro, entre otros medios. Licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid, está especializado en Sucesos y Tribunales. Además, es abogado y criminólogo.

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