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Condena de 58 años al matrimonio de Lalín acusado de matar a su hija

La sentencia también les hace responsables de prender fuego a la vivienda familiar y matar a un anciano que estaba en la casa

La Audiencia Provincial de Pontevedra ha determinado que el matrimonio acusado de matar de un mazazo en la cabeza a su hija e incendiar su casa de Lalín en 2010, lo que a su vez causó la muerte de un octogenario y casi acaba con la anciana madre de la condenada y su hijo, afectado por el síndrome de Down, es culpable en los mismos términos. Los magistrados no se han creído la versión de la esposa, que durante la vista había asegurado que el parricidio era idea exclusivamente suya, que se había vuelto loca tras una vida de trabajo extenuante con las vacas de la casa y tres personas inválidas a su cargo. La pena será de 58 años de prisión tanto para el marido como la mujer.

Para extender la culpa a ambos cónyuges la sentencia tiene en cuenta todos los indicios contradictorios, entre ellos una de las circunstancias que trajo de cabeza a la Guardia Civil en esa mañana del 29 de octubre de 2010: había dos cadáveres pero no aparecían los esposos, a quienes finalmente encontraron en el depósito de purines. La mujer aseguró que se había lanzado al estiércol con la intención de suicidarse, y el hombre que la encontró y trató de salvarla. Pero el análisis del depósito y las declaraciones de un trabajador de la casa, un rumano que sorprendió a la sala durante su comparecencia por su fluido gallego del Deza, descubrieron que los purines no cubrían más que 1,40 metros, y que solo una semana antes se habían llevado 60 cisternas de residuos. Los desfases en las declaraciones no se quedaban ahí. La mujer aseguró haber colocado ella sola dos bombonas de butano en puntos estratégicos de la casa, para después sembrar de mazorcas de maíz las estancias, con idea de que el fuego se propagase fácilmente. Así fue en la práctica, pero a pesar de que uno de los focos del fuego fuese el dormitorio de la pareja, ambos aseguraron haber dormido en él durante la noche. Los jueces no lo entienden: “Es ilógico que no plantara fuego a esta habitación cuando lo hizo en el sótano y que la dejara preparada como foco de fuego, acostándose luego a dormir en ella, para incendiarla más tarde. Tampoco se entiende que si quería incendiarlo todo […] esperara a que [su marido] saliera de la habitación del matrimonio para plantar fuego a ésta”.

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Otro comportamiento “ni lógico ni razonable” es el de que el marido viese a su hija inmóvil en cama “y que descartara la posibilidad de que aún estuviera con vida y no intentara conseguir auxilio inmediato para ella”. Entre las causas para explicar el encubrimiento de su esposo, los magistrados recuerdan que durante el juicio la mujer se refirió a él como un “hombre de 24 quilates” y que tiene, según los peritos, una personalidad “sumisa y sugestionable”

Los magistrados señalan que la propia versión del acusado es increíble, porque “habría que concluir que se representó y aceptó el resultado de muerte de los moradores de la vivienda porque, ante una grave situación de riesgo por el incendio causado y conociendo los impedimentos de los ocupantes para salir de la vivienda en llamas por sí mismos, se despreocupó por completo de procurar su auxilio, cuando podía al menos haber alertado a algún vecino”.

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