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Suspendido el juicio por una demanda colectiva contra el ERE en RTVV

El TSJ pide a las partes que se pronuncien sobre el órgano competente para tramitar el procedimiento

Agencias
Valencia -

El juicio que debía celebrarse el próximo 6 de noviembre tras la demanda colectiva interpuesta por la Intersindical Valenciana contra el ERE en Radiotelevisión Valenciana se ha suspendido tras "haberse suscitado cuestión de incompetencia funcional y territorial de la sala".

Así lo han confirmado a EFE la propia dirección de RTVV y la Intersindical en un comunicado, en el que explica que la decisión del Tribunal Superior de Justicia valenciano es consecuencia del conflicto de competencias planteado por CC OO, que ha presentado su demanda en la Audiencia Nacional, al igual que la CGT.

Según la Intersindical, ese tribunal da dos días a RTVV para que concrete si el ERE afecta también a los trabajadores de los centros de trabajo situados fuera de la Comunidad Valenciana, cuestión determinante para poder decidir qué tribunal se hará cargo del caso, tal y como regula la Ley de Jurisdicción Social.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) admitió el pasado día 2 a trámite la demanda colectiva contra el ERE interpuesta por Intersindical Valenciana y fijó el juicio para el 6 de noviembre.

Desde la dirección de RTVV han señalado que han conocido la suspensión del juicio y que las causas son el conflicto de competencias ya que de las cuatro demandas, dos se han presentado en la Audiencia Nacional y el resto en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

Esas demandas han sido presentadas por CCOO, Intersindical, UGT y CGT, los cuatro sindicatos que votaron en contra del ERE de RTVV, que afectará a un máximo de 1.198 trabajadores, y en ellas piden básicamente la nulidad del proceso.

Concretamente, las demandas colectivas de CCOO y CGT se han presentado ante la Audiencia Nacional, dado que RTVV tiene centros de trabajo en la Comunitat Valenciana, Madrid y Cataluña, mientras que UGT e Intersindical lo han hecho ante el TSJCV, si bien UGT todavía no ha recibido respuesta sobre la tramitación de su demanda.

Además, la Intersindical ha informado de que han conocido que "en el TSJCV se acumulan las dos causas planteadas".

En la providencia donde se decide esa acumulación se señala que se ha comunicado esa decisión a la Audiencia Nacional "para que se informe sobre la demanda presentada por CCOO y CGT en su día acumuladas".

Así mismo, indica el TSJCV que el artículo 28 de la Ley de Jurisdicción Social considera que "procede la acumulación de los procesos".

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