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Pena de dos años por quedarse 130.000 euros de un congreso de CACSA

El proceso recibió el encargo de la empresa pública de organizar un congreso La sentencia afirma que no liquidó los ingresos

Valencia -

La Sección Segunda de la Audiencia de Valencia ha condenado a un hombre a dos años de prisión por quedarse con 129.437,50 euros por la organización de un congreso de la Ciudad de las Artes y las Ciencias, SA (CACSA) en 2004, según consta en una sentencia hecha pública hoy por el Tribunal Superior de Justicia valenciano.

Además, el hombre, condenado por un delito de apropiación indebida, tendrá que pagar una multa de 2.400 euros e indemnizar a la empresa de la Generalitat con la cantidad sustraída.

Según consta como probado en la sentencia, CACSA consiguió que se le concediera la organización de la International Planetarium Society 2004 conference, una importante reunión científica bianual.

Dada la magnitud del evento y el gran aforo que implicaba este congreso, CACSA decidió contratar la prestación de los servicios técnicos de la organización -viajes, hoteles, inscripciones- a una mercantil cuyo representante legal era el procesado.

Para contribuir a la mejor operativa de los servicios de secretaría técnica que iba a prestar la mercantil, se abrieron dos cuentas corrientes exclusivas para el evento a nombre de esta, y se reseñaron en toda la documentación publicitaria del evento que se repartió, para que los congresistas efectuaran en las mismas los ingresos.

En estas cuentas, CACSA no tenía firma, si no solo acceso por Internet para comprobar el estado de las inscripciones. El procesado estuvo recibiendo aportaciones de los congresistas para el pago de inscripciones, reserva de hoteles y viajes por 129.437,50 euros, sin que en ningún momento practicara liquidación de estos importes y sin que, hasta la fecha, haya reintegrado cantidad alguna.

Además, en su declaración ante el juez, no aclaró ni la cantidad que cobró; lo que era o no era de CACSA; qué era lo que tenía que devolver; y tampoco justificó ni uno solo de los gastos que tuvo como consecuencia de los meses en los que estuvo organizando el congreso, ya que no existía un contrato inicial donde se expusiera, sin ningún género de dudas, que era lo que tenía que cobrar y qué era lo que tenía que pagar.

Asimismo, el procesado tampoco aclaró ni acreditó una serie de ingresos en una cuenta propiedad de su mercantil, ni por qué concepto retenía o eran transferidos esos ingresos, en concepto de gastos u otros, sin destino conocido.

Por todo, la Audiencia le condena como autor de un delito de apropiación indebida a la pena de dos años de prisión y a pagar una multa de 2.400 euros.

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