Esperanza Gómez se enfrenta a Instagram en la Corte Constitucional
La actriz porno denuncia un daño a su trabajo y a su economía con la desactivación de su cuenta en la plataforma en la que sumaba más de cinco millones de seguidores
La actriz porno Esperanza Gómez lleva un año intentando volver a tener el número de seguidores en Instagram que tenía en la cuenta que le cerró esa plataforma y en la que superaba los cinco millones. Su intento por recuperar una comunidad que, según ella, le generaba ingresos económicos ha ido a la par de una batalla legal contra Facebook Colombia, Instagram Colombia y Meta Platforms. El caso de Gómez llegó a la Corte Constitucional con una tutela en la que la actriz argumenta que se le han vulnerado sus derechos a la libertad de expresión y al trabajo, entre otros. Este martes, la sala que seleccionó el expediente porque “puede tener impactos sobre muchos otros usuarios de la red social” se reúne con expertos en derechos digitales para avanzar en el proceso, cuyo fallo se podría conocer en 15 días.
La pelea de Esperanza Gómez, de 42 años, y las empresas demandadas, empezó en 2021. Según la tutela, durante marzo y noviembre del año pasado, Instagram le comunicó que había eliminado seis imágenes de sus publicaciones porque contenían servicios sexuales que “infringían las normas comunitarias” de la red social. Gómez, que no entendía cómo estaba incumpliendo con las políticas de la empresa, continuó publicando su contenido porque era un canal “para expandir su modelo de negocio y consolidar su marca personal”. Finalmente, Instagram le eliminó la cuenta, con sus archivos, publicaciones, mensajes y seguidores.
Gómez ha encontrado la medida desproporcionada e injusta. Argumenta que nunca actuó de manera contraria a las reglas de Instagram. Dice que no infringió los derechos de autor, que siempre publicó contenido real apto para todo público, cumplió las normas legales, no promovió servicios sexuales, respetó al resto de miembros de la comunidad, no amenazó ni acosó a ninguna persona y siempre usó un lenguaje apropiado. En conclusión, asegura que sus publicaciones nunca promovieron la violencia o alguna práctica inadecuada y por eso estuvo dispuesta a llevar su caso hasta el máximo tribunal constitucional.
La actriz insiste en que las publicaciones que originaron el cierre de su cuenta nunca incluyeron servicios sexuales. Eran fotografías suyas en las que aparecía en ropa interior, como también lo hacen otras modelos e influencers, alega en la tutela. La primera instancia a la que Gómez acudió, un juzgado de Cali, declaró improcedente su petición porque, según señaló, la modelo ni agotó en debida forma los mecanismos de protección que tenía a su alcance ni demostró un perjuicio irremediable. “No probó haber completado el proceso de restablecimiento de su cuenta ante el operador de la red social y, por otro lado, no acudió a la jurisdicción ordinaria para dirimir un conflicto que versaba sobre cuestiones legales derivadas del incumplimiento de las políticas comunitarias establecidas por Instagram”, argumentó el juez, que sostuvo además que Meta Platforms (dueña de Instagram) era la encargada del manejo y administración del servicio y, como se trataba de una entidad con sede en el extranjero, escapaba de su competencia “emitir algún tipo de orden en su contra”.
Gómez, sin embargo, asegura que desde diciembre del año pasado ha presentado al menos 20 solicitudes para recuperar su cuenta, pero no ha tenido respuesta y que, contrario de lo señalado por el juez, Meta Platforms sí está sometida a la jurisdicción constitucional colombiana, bajo el argumento de que “todas las empresas, nacionales o extranjeras, que usan el espectro electromagnético colombiano para desarrollar sus actividades comerciales están sometidas a la Constitución y a las leyes”. La actriz alega que los tribunales nacionales son competentes para resolver los conflictos que se presenten entre los usuarios de esa red social en el país y la empresa.
Con su caso, la actriz busca la protección de sus derechos fundamentales a la igualdad y a la no discriminación, a la libertad de expresión, al libre desarrollo de la personalidad, al trabajo, a la vida digna y al mínimo vital y móvil. Gómez pide que sea restablecida su cuenta con seguidores incluidos y que se le pague una indemnización por el perjuicio económico que dice haber sufrido durante un año.
El fallo que resulte va más allá de Esperanza Gómez; el expediente fue seleccionado por los magistrados justamente por lo novedoso y por la jurisprudencia que puede trazar sobre un tema todavía en debate. Catalina Moreno, abogada de la Fundación Karisma, una organización civil que protege y promueve los derechos humanos y la justicia social en entornos digitales, dice que es la primera vez que la Corte trata un caso de moderación de contenidos que puede tener afectación al trabajo y al mínimo vital, además de la vulneración a la libertad de expresión.
Moreno es coordinadora de inclusión social de Karisma, una de las organizaciones citadas a la sesión técnica que la Corte ha convocado este martes para analizar el expediente. “El ejercicio de los derechos en los entornos digitales es un tema que no se ha abordado suficiente. Este caso nos puede dar las primeras pinceladas sobre qué pasa cuando las interacciones que antes eran exclusivas del espacio público se trasladan al espacio digital, como lo es el derecho al trabajo”, explica la abogada. Según la experta, “como sucede en la vida real, el derecho [en lo digital] no es neutro y la perspectiva de género está atada al tema de que ella ejerce un servicio sexual (como actriz porno). Se puede estar castigando por su visibilidad y la forma abierta en que lleva la actividad a la que se dedica”.
Gómez ha alegado que en ninguna de las fotos aparecía desnuda y asegura que nunca publicó videos pornográficos, eran imágenes en ropa interior y en vestido de baño, “como cualquier otra persona que va a la playa”, dice la abogada sobre lo que conoce de la cuenta eliminada. “Como sucede en el mundo físico, en el mundo digital, hay normas que también se toman con base en el prejuicio de género”, señala Moreno.
La empresa ha señalado que existen otros mecanismos judiciales para resolver una discusión contractual por las condiciones de uso de la cuenta y ha asegurado que Gómez no ha demostrado haber completado el proceso para solicitar la reactivación. La compañía pide que se le desvincule del proceso y se rechace la petición de la actriz. Pero la Corte ya ordenó a Meta Plarforms que responda varias preguntas, como cuántas cuentas de Instagram ha eliminado por incluir o promocionar servicios sexuales de adultos en los últimos cinco años, y le pide que discrimine su respuesta en función del género o sexo de los titulares que fueron cerradas. También pregunta qué entiende la red social como promoción o inclusión de servicios sexuales de adultos y le pregunta si alguien que trabaja en la industria del entretenimiento para adultos puede tener una cuenta en Instagram y en qué condiciones.
La Corte ha dicho que esta tutela puede tener impacto sobre otros usuarios de las redes sociales, pero además ha señalado que “está relacionado con un espectro amplio de temas que van desde el derecho corporativo hasta la libertad de expresión y la igualdad, pasando por la prevención de la explotación sexual y de la trata de personas”. El caso de Esperanza Gómez podría escribir las reglas en Colombia sobre una industria creciente de modelos webcammer y actrices que promocionan en Instagram contenidos que sí están explícitos en otras plataformas digitales.
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