El juez embarga la herencia a seis hijos de Ruiz-Mateos
Los seis vástagos del empresario jerezano no han depositado los 30 millones de fianza que se les impuso hace cuatro años
El juez de la Audiencia Nacional ha ordenado el embargo de la herencia de José María Ruiz-Mateos a seis de los doce hijos del empresario jerezano, que falleció el pasado 7 de septiembre. Se trata de los hijos imputados en el llamado caso Nueva Rumasa, a los que supuestamente se estafaron 289 millones de euros a 4.110 inversores. El titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 actúa así tras conocer que existe un testamento cerrado del empresario que podría contener bienes que pudieran beneficiar a los seis hijos, Zoilo, Pablo, Álvaro, Francisco Javier, José María y Alfonso Ruiz-Mateos Rivero. El magistrado recuerda que estos seis imputados no han depositado aún la fianza civil de 30 millones de euros que se les fijó hace cuatro años por la estafa piramidal del caso Nueva Rumasa
El magistrado ha dado orden al notario para que tan pronto se abra y se protocolice el testamento, le entregue una copia del mismo a la secretaria judicial. De esta copia, De la Mata y la secretaria del juzgado harán una "lectura reservada", y dejarán constancia de aquellos bienes que podrían formar la herencia de los seis imputados, y no del resto de los hermanos. Los seis hijos querellados están imputados por delitos de estafa agravada, insolvencia punible, administración desleal y delito contra el mercado y los consumidores.
Con esta medida cautelar el juez pretende proteger los derechos de los perjudicados en esta investigación, que son los 4.110 inversores que, hasta donde se conoce, pudieron aportar 337 millones de euros de los que faltan por reintegrar 289 millones, y se pretende investigar "cualquier indicio de su rastro y destino". Según explica el instructor, esos fondos "solo alimentaban un fraudulento mecanismo piramidal aflorado tras producirse el colapso económico del grupo empresarial".
En su auto el magistrado explica que "existen indicios suficientes de que existen bienes inmuebles que figuran formalmente a nombre de sociedades vinculadas al denominado Grupo Nueva Rumasa que están siendo disfrutados por los querellados, como mecanismo para ocultar la verdadera o real titularidad y así prevenir la efectividad de medidas cautelares".
El juez explica en su escrito que la lectura del testamento debe ser reservada a fin de que únicamente se incorporen a las actuaciones aquellos elementos pertinentes, "excluyendo cualesquiera otras manifestaciones o disposiciones contenidas en el testamento que no guarden relación con los hechos investigados".
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