El Gobierno crea una sanción de hasta 30.000 euros por “ofensas a España”
Las críticas por la dureza del texto obligan al Gobierno a rebajar algunas sanciones El ministro al presentar la nueva ley de seguridad: “Gana en garantías” La ‘ley Fernández’ busca congraciarse con el sector duro del PP y de sus bases
Si hay algo que anima al sector duro del electorado del PP, muy enfadado últimamente con su partido, son las banderas. Cada polémica sobre la enseña nacional, por el hecho de algunos Ayuntamientos nacionalistas se nieguen a ondearla, por los independentistas que la queman o cuando se pita el himno nacional en los estadios, enerva y agita al electorado conservador y a algunos medios. Desde estos sectores siempre se reclamaba al Gobierno que hiciera algo. Este viernes, Jorge Fernández Díaz se guardó una sorpresa para la presentación de la ley de Seguridad Ciudadana tras el Consejo de Ministros que la aprobó: una sanción nueva contra unas indefinidas “ofensas o ultrajes a España, a las comunidades autónomas y entidades locales o a sus instituciones, símbolos, himnos o emblemas, efectuadas por cualquier medio, cuando no sean constitutivos de delito”.
“¿Y qué es una ofensa a España?”, se preguntó el propio ministro, que es catalán y representa el sector más españolista del PP de esta comunidad, controlado durante años por él y su hermano Alberto. Y entonces abrió el abanico: “Por ejemplo una manifestación en la que haya consignas o pancartas claramente vejatorias con España o una de sus comunidades, o sus símbolos, sus instituciones, la bandera de España, será considerada como una infracción grave”. Esto quiere decir que tendrá una multa de entre 1.001 y 30.000 euros, cantidad muy importante para la gran mayoría de los ciudadanos que acuden a esas manifestaciones.
Después, en otras preguntas, Fernández aclaró que en estas “conductas antisociales” no está incluido, por ejemplo, pitar el himno de España en un estadio, porque eso está recogido en la ley contra la violencia en el deporte, donde según recordó también hay multas de hasta 650.000 euros. Preguntado después por una manifestación en la que se coreen consignas contra la unidad de España o de alguna autonomía, Fernández Díaz matizó que no se considerarán infracciones si se producen dentro de la legalidad y sin violencia.
La casuística es muy diversa y fuentes de Interior admiten que habrá que esperar al desarrollo de la ley para ver cómo queda el detalle, aunque es seguro que quemar una bandera de España en público sí será infracción grave. En cualquier caso, además, la norma ofrece un importante poder a la policía y al Ejecutivo y una gran discrecionalidad que antes no tenían.
Con esta incorporación de última hora sobre las “ofensas a España” el Gobierno da satisfacción a su electorado más conservador, al que está decidido ahora a mirar —la ley del aborto está cercana—, abre una polémica con los partidos catalanes y de paso desvía la atención del corazón de la norma, esto es la represión a través de multas muy importantes para evitar las manifestaciones sin previo aviso cerca del Congreso que tanto preocuparon al Ejecutivo por la imagen internacional que ofrecían.
Faltas y sanciones
Infracciones muy graves (multa de 30.001 a 600.000 euros):
- Convocatoria y asistencia a manifestaciones con finalidad coactiva desde el fin de campaña electoral hasta el fin de la votación.
- Perturbación muy grave del orden en actos públicos, deportivos, culturales, espectáculos y oficios religiosos.
- Reuniones o manifestaciones no comunicadas o prohibidas en lugares que tengan la consideración de infraestructuras críticas como centrales nucleares o aeropuertos, así como la intrusión en sus recintos.
- Fabricación, comercio y tenencia ilegal de armas y explosivos no catalogados.
- Celebrar espectáculos públicos o recreativos quebrantando la prohibición o suspensión ordenada por la autoridad.
- Deslumbrar con dispositivos tipo láser a pilotos y chóferes de tren o autobús.
Infracciones graves (1.001 a 30.000 euros):
- Concentraciones no comunicadas ante instituciones del Estado como el Congreso, el Senado, los Parlamentos autonómicos o los altos tribunales.
- Perturbación grave del orden en actos públicos, deportivos y culturales.
- Alterar el orden público encapuchado.
- Desórdenes graves en vía pública o provocar incendios que representen un peligro para las personas o bienes.
- Obstruir a la autoridad en la ejecución de sus decisiones administrativas o judiciales, como en los desahucios.
- Obstaculizar gravemente la actuación de los servicios de emergencia.
- Desobeder o resistirse a agentes de la autoridad y la negativa a identificarse.
- Perturbación del orden en campaña electoral.
- Manifestaciones y reuniones sin autorización y la negativa a disolver las acordadas por la autoridad. También cuando se produzcan en centrales nucleares, aeropuertos, etcétera.
- Portar, exhibir o usar armas de modo negligente o temerario.
- Ofensas o ultrajes a España, por cualquier medio, a las comunidades autónomas y Ayuntamientos o a sus símbolos, himnos o emblemas.
- La prostitución y la demanda de sus servicios cerca de parques o colegios o en arcenes de carreteras.
- Fabricación, comercio y tenencia ilegal de armas reglamentarias, explosivos catalogados y material pirotécnico.
- Obstruir inspecciones y controles en fábricas, locales y establecimientos.
- Justificar el terrorismo, la xenofobia y la violencia contra la mujer, como la exhibición de fotos de terroristas.
- Uso de uniformes policiales o de servicios de emergencia sin autorización.
- Falta de colaboración con la policía en la averiguación o prevención del delito.
- Actos que atenten contra la indemnidad sexual de los menores.
- Consumo y tenencia de drogas en lugares públicos y su tolerancia.
- El botellón, cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana.
- Las cundas o taxis de la droga.
- El cultivo de estupefacientes.
- Forzar o inducir a menores a consumir alcohol o drogas.
- Los daños graves al mobiliario urbano u obstaculizar la calle con barricadas.
- Escalar edificios públicos o históricos como forma de protesta.
- Dejar sueltos animales feroces o peligrosos y el maltrato animal.
La polémica por las enormes sanciones de hasta 600.000 euros ha forzado al ministro a reducir algunas, aunque las más conocidas se han quedado en graves, que implican una multa de hasta 30.000 euros, una cantidad muy relevante.
Una de las principales novedades de esta norma, que ha recibido intensas críticas de la oposición, consiste en que estas infracciones, al salir del Código Penal, algo que para el Gobierno implica suavizar el castigo, se imponen por decisión de la Administración. Basta con la palabra de un policía para sancionar. Ya no interviene un juez como sucedía cuando eran faltas. Los jueces, tanto en las manifestaciones no autorizadas cerca del Congreso o en otros lugares y los escraches contra políticos, han dado en los últimos meses sistemáticamente la razón a los ciudadanos, absolviendo a los detenidos por la policía. Ahora el Gobierno saca a los jueces de esta batalla contra las protestas no autorizadas. Fernández, que defendió con ahínco su reforma, recordó que en cualquier caso toda sanción podrá ser recurrida ante un juez, previo pago de las tasas aprobadas por el Ejecutivo.
Desde el punto de vista político, el Gobierno busca un mensaje de autoridad frente a las protestas ciudadanas. La vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría, fue preguntada por el mensaje que lanza el Ejecutivo al aprobar una ley como esta, represiva de las protestas, antes que el paquete anticorrupción tantas veces prometido y anunciado desde hace 11 meses. La corrupción ha sido uno de los motivos de estas protestas. Sáenz de Santamaría contestó que el jueves se aprobó la ley de Transparencia, la primera norma del paquete de regeneración democrática, según explicó, y en diciembre el Consejo de Ministros tiene previsto aprobar los anteproyectos de las medidas anticorrupción varias veces prometidas por Mariano Rajoy en los debates del Congreso para responder a la presión de la oposición con el caso Bárcenas.
Fernández promocionó en todo momento su reforma como una ley que aumenta las garantías y en ningún caso es represiva. “La nueva ley será la consecuencia de una iniciativa despenalizadora del Gobierno”, aseguró. Y valoró que los castigos a ciertos comportamientos “no deben ser penales, sino que deben estar un escalón por debajo”. El ministro defendió que el nuevo texto “gana notablemente en garantías”, según explicó, porque recoge el concepto de seguridad ciudadana con arreglo al concepto del Tribunal Constitucional.
Ante una pregunta expresa, Fernández se mostró confiado en que a él no le sucederá como a José Luis Corcuera. En 1992, la polémica por la vigente ley sobre la seguridad ciudadana, renombrada de la patada en la puerta, que fue corregida por el Constitucional, acabó con la carrera política del exministro socialista, que dimitió. “La ley tiene todas las garantías y además se elevará a informe del Poder Judicial y del Consejo de Estado. En cualquier caso, mi puesto está siempre a disposición del presidente Rajoy”, señaló Fernández con una sonrisa. Los socialistas presentarán con toda probabilidad un recurso, pero el Gobierno está convencido de que el Constitucional, de mayoría conservadora, no echará atrás esta norma, y además quedan muchos meses para pulirla en el Consejo de Estado y después en el Congreso. Se prevé aprobarla definitivamente a mediados de 2014.
El PSOE ha decidido convertir este asunto en una prioridad estratégica de su oposición. Los socialistas van a constituir un Consejo Federal de Derechos y Libertades para protestar contra “la deriva autoritaria” que está tomando el PP en esta segunda mitad de la legislatura, según anunció el secretario de Relaciones Institucionales del PSOE, Antonio Hernando. “
Con la deriva autoritaria y las leyes que está haciendo el Gobierno el movimiento 15-M no hubiera sido posible. No hubiésemos tenido plazas ocupadas y no hubiésemos asistido a la libertad de expresión de todos los ciudadanos, que es fundamental”, aseguró Hernando.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.