La cárcel espera al maltratador de animales
La juez María Jesús Campos es pionera al mandar a prisión a un hombre que mató a palos a su caballo
Lo dice la ley: los animales tienen entidad física y psíquica, sienten dolor y acusan la violencia como cualquier ser vivo. Y el Código Penal lo remacha al imponer penas de hasta 18 meses de prisión a quien maltrate a un animal doméstico, amansado o que no viva en estado salvaje. Hasta ahora ningún condenado por este tipo de delitos había pisado la cárcel, aunque el historial de sentencias condenatorias es amplio y variado.
Ejemplos: un vecino de Lleida ató al parachoques trasero de su coche a su perro, lo arrastró a toda velocidad durente 700 metros y lo arrojó a un puente. Reconoció los hechos, pagó una multa de poco más de 2.000 euros y aceptó una pena de seis meses de prisión que, al no tener antecedentes, esquivó. En Madrid, cinco obreros fueron sancionados con una multa de 180 euros cada uno por matar a palos a dos gatos. En Toledo, un hombre fue condenado a siete meses y medio de prisión —aunque tampoco acabó entre barrotes— por matar a dos galgos. En su defensa dijo que desconocía que ahorcar animales fuese delito y que su abuelo lo había hecho toda la vida. Pero el juez fue inflexible. “Si bien es cierto, por desgracia, que se trata de una práctica muy extendida en parte de la España aún profunda” son actos que “repugnan por su crueldad”.
Tan aberrantes resultan estas salvajadas que los jueces parecen decididos a encarcelar a sus autores. La magistrada del Juzgado de lo Penal número 8 de Palma María Jesús Campos Barciela tiene el mérito de ser una pionera. Ha ordenado el ingreso en prisión de un hombre que mató a palos a su caballo, llamado Sorky das Pont, por haber fallado una carrera en el hipódromo. El dueño del trotón aceptó la pena —ocho meses a la sombra— pensando quizá que nunca llegaría a pisar el centro penitenciario. Pero, dado que tenía antecedentes, la juez no aceptó sustituir la prisión por trabajos comunitarios o una multa. “Hay que ser enérgico” frente a conductas “consideradas socialmente como graves”, sostiene la magistrada.
La sentencia argumenta el suceso de manera lapidaria. “La muerte atroz” del caballo “es una aberración del siglo XXI” y “la indignación ciudadana mallorquina está justificada y es legítima”, observa. Y remarca: “La muerte a palos, en humanos y en animales, es una de las más angustiosas, lo cual es de público conocimiento, y además puede ser no inmediata sino producir una agonía que puede durar varios minutos como mínimo, por lo que es evidente que menospreció la vida del caballo, solo porque se enfadó por la mala carrera de Sorky”.
Las asociaciones dedicadas a la defensa de los animales han encontrado en la juez Campos una gran valedora de su causa. Y no les falta razón. Hace pocas semanas acordó el encarcelamiento de un hombre condenado a un año de prisión por dejar morir de hambre a su perro. El reo está a la espera de que se resuelva su recurso. Sorky ha marcado el camino.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.