EDITORIAL

Cárcel indefinida

El Gobierno recalca su voluntad de mano dura con la enésima reforma del Código Penal

El Ejecutivo ha dado los primeros pasos para introducir la llamada “prisión permanente revisable” en el Código Penal, una forma eufemística de referirse a la cadena perpetua reclamada por segmentos de la sociedad movilizados en torno a familias que han padecido crímenes especialmente odiosos en alguno de sus miembros, como son los casos de Marta del Castillo, la pequeña Mariluz o, más recientemente, los niños Ruth y José. Puesto que la cadena perpetua no encaja en la Constitución, se introduce la duración indefinida de la pena de cárcel para terrorismo, magnicidio, crimen contra la humanidad, asesinato de menores de 16 años o de discapacitados, y asesinato subsiguiente a un delito contra la libertad sexual. Esa condena estará sujeta a revisión, pero no antes de un mínimo de años de encarcelamiento entre los 25 y los 35.

No está claro que una pena definida como permanente, aunque pueda ser revisable, encaje sin forzamiento alguno en la Constitución. En todo caso, ya estaban previstas condenas que van desde los 25 a los 40 años de prisión, precisamente desde la reforma penal realizada bajo el Gobierno de José María Aznar en 2003. No es evidente que la nueva pena añada algo a las existentes, en cuanto al tiempo de estancia en la cárcel. Como la llamada “custodia de seguridad”, dirigida a delincuentes especialmente peligrosos tras cumplir condena. Ya existe la medida de libertad vigilada, introducida hace apenas dos años en el Código Penal y que somete a localización y prohibición de acercarse a sus víctimas a delincuentes peligrosos que han cumplido condena. La reforma anunciada ayer también castiga como homicidio la detención ilegal con desaparición de personas, aunque no se encuentre el cadáver.

Estamos ante el enésimo cambio del Código Penal. Hubo uno muy importante en 1995, que los Gobiernos de Aznar y Zapatero rectificaron en sendas ocasiones. Mariano Rajoy y su ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, no han querido ser menos. Pero el Código Penal rectificado no será aplicable ni al caso de Marta del Castillo ni a otros del pasado, y nada garantiza que agote el catálogo de crímenes gravísimos que otros delincuentes puedan inventar o aplicar. Las formas de violencia cambian mucho, pero es dudoso que eso exija manoseos frecuentes del Código Penal, que debería tener vocación de permanencia.

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