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Archivada la denuncia contra Guerra por llamar "mariposón" a Rajoy

El Supremo considera que la palabra es polisémica y no puede ser equiparada a "maricón"

No se puede equiparar el término "mariposón" con "maricón". Este ha sido el razonamiento esgrimido hoy por el Tribunal Supremo para archivar una denuncia presentada por la Plataforma Popular Gay contra el diputado socialista Alfonso Guerra, quien dijo que el secretario general de PP, Mariano Rajoy, era "un poco mariposón". El alto tribunal concluye que, por lo tanto, el denunciado no ha incurrido en los delitos de injurias y de provocación por razón de orientación sexual, tal y como denunciaba el presidente de la citada Plataforma, Carlos Alberto Biendicho.

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Los hechos denunciados se produjeron el pasado 31 de agosto en el marco de un acto convocado por el sindicato minero SOMA-UGT en Rodiezmo (León) cuando Guerra subió a la tribuna y comenzó su alocución diciendo textualmente: "Rajoy es un poco mariposón". El ex vicepresidente del Gobierno "esperó en silencio, hasta que oyó la carcajada general", afirma el Supremo en su auto.

Biendicho entendió que "el término mariposón en el diccionario de la Real Academia, en su última edición, es hombre afeminado u homosexual y que de esta forma el denunciado -Alfonso Guerra-, bajo el pretexto de la broma, insulta, utilizando de forma despectiva, la orientación sexual de millones de españoles". Sin embargo, el tribunal estima que Biendicho parte de una cuestionable equiparación de los términos "mariposón" y "maricón" (hombre afeminado u homosexual), cuya imputación considera como un "insulto grosero usándolo con significado preciso".

Espontaneidad y libertad de expresión

El Alto Tribunal dice que "desde el punto de vista semántico, el término mariposón es polisémico (galanteador, versátil, persona que anda insistentemente en torno de alguien, persona inconstante en aficiones o amores), directamente relacionado con el verbo mariposear y que, por tanto, la equiparación "no deja de ser una interpretación y un juicio de intenciones más o menos discutible y, en principio, poco idónea para una imputación delictiva".

El Supremo también analiza la ocasión y circunstancia en la que fue pronunciada la citada frase, un "acto multitudinario convocado por un sindicato", y dice que no se trató, por lo tanto, de "ningún acto académico, en el que el conferenciante cuida con esmero su léxico". Además "este tipo de intervenciones han de ser valoradas desde las coordenadas de la espontaneidad y de la lucha político-social".

Finalmente, el auto considera que no se puede ignorar que Alfonso Guerra es un diputado del Congreso "cuyas intervenciones públicas no pueden menos de ser valoradas desde la perspectiva de la amplia libertad de expresión que la Constitución reconoce a todas las personas y, de modo especial, a los parlamentarios".

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