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Madrid pierde la batalla contra los 'paraísos fiscales' del impuesto de circulación

El impuesto de circulación en Robledo es siete veces menor que en Madrid

El Ayuntamiento de Madrid no podrá recuperar los 62,4 millones de euros que, según sus estimaciones, le corresponderían en concepto de Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), o de circulación, que ha dejado de percibir tras la fuga a otros municipios que han protagonizado desde 2001 empresas de alquiler y renting de vehículos. Una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo del pasado 18 de julio quitó la razón al Consistorio en su disputa legal con la Dirección General de Tráfico (DGT) y no obligará a esta a endurecer las normas de inscripción de los coches. En la actualidad son tan flexibles que, de hecho, permiten a las empresas registrar sus flotas de coches en cualquier municipio, aunque no sea aquel en el que operan en realidad: el único requisito es disponer de una oficina en un municipio considerado paraíso fiscal, en el que pueden pagar hasta siete veces menos por el impuesto de circulación.

El Ayuntamiento cifra en 20,7 millones de euros la pérdida recaudatoria por la escapada, a partir de 2001, de vehículos de compañías de alquiler o renting que, hasta entonces, tenían su domicilio fiscal en la capital. Pero ese importe aumenta hasta 62,4 millones si se tiene en cuenta el aumento de tamaño de las flotas de esas mismas empresas hasta 2011. En ese periodo, el número de vehículos que tributa en Madrid ha pasó de 47.499 en 2001 a únicamente 426 este año.

Entre los municipios madrileños que han resultado beneficiados por esta fuga están Moralzarzal y Robledo de Chavela. Según el Ayuntamiento de Madrid, que cita los datos de Automovilistas Europeos Asociados (AEA), la comparativa de tarifas del impuesto de circulación entre estas localidades y Madrid, una vez aplicadas las bonificaciones previstas en sus ordenanzas, muestra una diferencia de tributación de más del doble, en perjuicio de la capital. La explicación viene de la combinación de dos medidas: la aplicación de un coeficiente diferente, tal y como permite la normativa, así como la aplicación "fraudulenta", según el Ayuntamiento de Madrid, de la denominada bonificación medioambiental. "En estos Ayuntamientos se aplica la máxima bonificación a todos los vehículos independientemente del combustible que utilicen, sin más requisitos (Madrid, establece porcentajes reducidos para gasolina sin plomo y gasoil y además condiciona a que el nuevo coche sustituya a otro que den de baja por desguace)", aseguran.Para evitar este descenso de ingresos, el Consistorio presentó el 27 de abril de 2005 un requerimiento a la DGT en el que solicitaba la derogación de las instrucciones, circulares y directrices relativas a la interpretación flexible del concepto de domicilio del titular de un vehículo en relación con la expedición del permiso de circulación. También exigía que dejaran de tener vigencia los permisos expedidos en los últimos cinco años, en los que, aplicándose dicho concepto flexible, se hubiese hecho constar un domicilio no situado en Madrid capital. El Ayuntamiento de Madrid formuló el requerimiento al comprobar la existencia de vehículos cuyos titulares, con domicilio legal en Madrid, pagaban el IVTM en otros municipios con tarifas menores. En Robledo de Chavela, por ejemplo, la tarifa es siete veces menor que la de Madrid.

Ante la negativa de Tráfico a modificar la normativa de inscripción de los permisos de conducir, el Consistorio presentó un recurso contencioso-administrativo, en el que pedía la impugnación de la resolución de la DGT, que se negaba a cumplir el requerimiento solicitado por la concejal Ana Botella. El 19 de julio de 2007, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM desestimó el recurso, dándole la razón a Tráfico. Tras presentar un nuevo recurso ante el Tribunal Supremo, este órgano judicial ha vuelto a respaldar, en la sentencia del 18 de julio, su decisión en contra del Consistorio.

El Gobierno municipal ha corroborado la existencia de empresas con domicilio social o registral en la capital, aunque el número de vehículos por los que pagan el impuesto de circulación ha disminuido hasta casi desaparecer. Sin embargo, también ha comprobado que no se ha producido una reducción del número de vehículos declarados a efectos del impuesto de actividades económicas (IAE) en los diferentes locales que tiene cada empresa en Madrid. El domicilio que consta en el permiso de circulación de un vehículo es un elemento decisivo del IVTM, ya que determina el Ayuntamiento legitimado para gestionar y recaudar el impuesto en cada caso concreto. La DGT hace constar la residencia al emitir el certificado a través de la Jefatura Provincial correspondiente.

De acuerdo con la normativa vigente en esta materia, el Ayuntamiento de Madrid entiende que no existe ninguna especialidad que dé cobertura legal a la emisión de permisos de circulación en los que, basándose en una interpretación flexible del concepto de domicilio, se constate uno distinto del oficial por parte de la DGT. Por tanto, considera que la emisión de dichas autorizaciones consignando la residencia de una de las sucursales de la empresa titular del vehículo, o una segunda residencia de la persona física, no se ajusta a derecho y debe ser rectificado.

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