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El Constitucional suspende la ley catalana de referendos

El pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Gobierno sobre los artículos 1 a 30, 43 y 45 de la ley sobre consultas populares mediante referéndum de Cataluña. En aplicación del artículo 161.2 de la Constitución, el Tribunal deja en suspenso la aplicación de los preceptos impugnados de la ley catalana, suspensión que deberá ratificarse o ser levantada en un plazo no superior a cinco meses.

Entre los artículos suspendidos figura el 15, que permite convocar un referéndum a iniciativa del Gobierno catalán, de dos grupos o una quinta parte de los diputados del Parlamento, o del 10% de los municipios, que deben representar como mínimo a 500.000 habitantes.

CiU, ICV-EUiA y ERC coincidieron ayer en considerar la paralización de la ley como un debilitamiento de la democracia, en tanto el PSC evitó hacer una valoración.

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