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El Supremo anula una oposición de la Xunta de 2001

Hace casi un año que el Tribunal Supremo tumbó las oposiciones que el Gobierno de Fraga convocó en 2001 para cubrir 16 plazas de inspector turístico en la Consellería de Cultura y a las que se habían presentado más de 600 personas. Pese a que conoce la sentencia desde julio de 2009, la Consellería de Facenda decidió ocultar su contenido y posponer su ejecución que pasa por revocar el resultado de la prueba y convocar de nuevo el cuarto examen de aquella oposición. Fue una rueda de prensa del viceportavoz parlamentario del PSdeG, José Manuel Lage Tuñas, la que sirvió para desvelar el fallo del Supremo, un año más tarde.

En su contundente sentencia, la última instancia de la Justicia española establece ni más ni menos que el tribunal que tenía que velar por la pulcritud de las pruebas de acceso a la función pública "se inventó un sistema de calificación que no era el pensado por las bases de la convocatoria".

El fallo concluye además que en el proceso selectivo jugó un papel determinante Jaime Fernández-Obanza, asesor del tribunal que regía la oposición y que antes había sido profesor de varios de los aspirantes que sacaron la plaza de inspector turístico en el centro La Academia. El Supremo establece que esa circunstancia debió obligarle a abstenerse de participar en las pruebas. En lugar de hacerlo, "la intervención del citado asesor en el ejercicio cuarto fue decisiva", dado que fue quien "realizó materialmente el contenido del ejercicio cuarto y asesoró al tribunal en su calificación así como en la determinación de la nota de corte".

Es precisamente ese cuarto examen que ahora se deberá repetir el que se para a analizar la sentencia del Supremo. Pese a que las bases de la oposición reflejaban que el ejercicio debía consistir "en la resolución por escrito de un supuesto práctico relacionado con las materias" del programa, los aspirantes se encontraron el día de la prueba con un examen tipo test.

El auto del Supremo establece que el tribunal calificador que organizó las oposición "no puede vulnerar las bases de la convocatoria, puesto que su función consiste en resolver un proceso selectivo pero ajustándose estrictamente al ordenamiento jurídico". Y añade que la decisión del citado tribunal de restar un punto por cada una de las respuestas erróneas en el tipo test tampoco se ajustó a Derecho, puesto que ese baremo no figuró en ninguno de los apartados que regían las bases de la convocatoria. La consecuencia, establece el Supremo, es que "se rompe el equilibrio entre todos los ejercicios previstos". Y por eso la sentencia "anula" el resultado de las pruebas y pide "la retroacción de las actuaciones al inicio del cuarto ejercicio".

El fallo da la razón a dos de los aspirantes que no obtuvieron plaza de inspector en la oposición de la Xunta y que ahora podrán repetir el cuarto examen en los términos que establecían las bases de 2001.

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El diputado del PSdeG que desveló la deliberación del Supremo, José Manuel Lage Tuñas, pidió ayer la ejecución inmediata de la sentencia y el cese del director general de Función Pública dentro de la Consellería de Facenda. De paso remarcó, que el presidente del tribunal que juzgó aquellas pruebas, Antonio Rodríguez Álvarez, fue premiado por Feijóo el año pasado cuando lo convirtió en secretario general de la Academia Galega de Seguridade Pública, una entidad que depende de la Consellería de Presidencia.

Sólo tras conocer la denuncia de los socialistas reaccionó la Consellería de Facenda. Su departamento de comunicación emitió un comunicado en el que explica que su decisión de no ejecutar la sentencia durante todo este tiempo se tomó "por responsabilidad y para defender los intereses generales de Galicia, ya que no tuvo ningún requerimiento judicial para hacerlo".

El departamento de Facenda que dirige Marta Fernández Currás decidió "actuar con prudencia para no alterar la inspección de turismo en un año crucial" como es este Xacobeo. La consellería subraya que "una ejecución inmediata del fallo sin tener en cuenta el tiempo transcurrido desde que se hicieron los exámenes podría incluso perjudicar a las personas a las que le dio la razón el tribunal".

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