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El reconocimiento a las víctimas del franquismo

La ley de memoria obligará a los alcaldes a quitar símbolos y nombres de calles franquistas

IU y PNV logran que la norma amenace a la Iglesia con la retirada de fondos si no quita las placas

La ley de memoria histórica dio ayer un nuevo vuelco en la última negociación del PSOE con IU-ICV y el PNV. El artículo 15, que antes obligaba a retirar los símbolos franquistas sólo en los edificios de titularidad estatal, ahora impone a "las Administraciones Públicas", esto es a todos los alcaldes, la "retirada de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones de conmemoración". Por tanto, tendrán que quitar todos los nombres de calles y monumentos franquistas. Además, incluye la previsión de retirar subvenciones a los "propietarios privados", entre ellos la Iglesia, que no eliminen los símbolos franquistas que conservan.

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El artículo 15 ha sido uno de los más discutidos. En su redacción inicial, la que el Gobierno envió a la Cámara, el texto que habla de los símbolos [entonces artículo 17] se limitaba a los de titularidad estatal: "Los órganos que tengan atribuida la titularidad o conservación de los monumentos, edificios y lugares de titularidad estatal, tomarán las medidas oportunas para la retirada de los escudos, insignias, placas y otras menciones conmemorativas de la Guerra Civil, existentes en los mismos, cuando exalten a uno sólo de los bandos enfrentados en ella o se identifiquen con el régimen instaurado en España a su término".

En el último minuto, el Gobierno retiró de la ley un añadido en el que recomendaba a los ayuntamientos que siguieran este camino. Pero en la negociación, tanto IU-ICV como el PNV han insistido mucho en este asunto. No sólo han logrado retirar la mención a los dos bandos, sino que además se obliga a todas las Administraciones públicas. El texto dice ahora: "1. Las Administraciones Públicas, en el ejercicio de sus competencias, tomarán las medidas oportunas para la retirada de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura [...] 2. El Gobierno colaborará con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales en la elaboración de un catálogo de vestigios relativos a la Guerra Civil y la Dictadura a los efectos previstos en el apartado anterior. 3. Las Administraciones Públicas podrán retirar subvenciones o ayudas a los propietarios privados que no actúen del modo previsto en el apartado 1 de este artículo". Este punto podría incluir a la Iglesia, que mantiene en decenas de edificios la placa con la expresión "caídos por Dios y por España" y la lista de los falangistas locales muertos en la guerra, en ocasiones acompañada del yugo y las flechas. La ley no obliga a retirarlas, pero sí da una muestra clara de voluntad política y establece una advertencia: "Podrán retirar subvenciones o ayudas" que la Iglesia recibe para su actividad. Hasta ahora, el Gobierno no había querido enfrentarse con la Iglesia.

- Ilegitimidad. Es el eje principal de la ley, junto a la condena del franquismo y al reconocimiento a los antifranquistas, incluidos los maquis, la Unión Militar Democrática, los integrantes del Cuerpo de Carabineros o los brigadistas internacionales. Tanto Joan Herrera como Gaspar Llamazares comparecieron ayer para subrayar que la ley "abre la puerta a la nulidad de los juicios" porque declara expulsadas del ordenamiento jurídico las sentencias y en la exposición de motivos "impide su invocación por cualquier autoridad administrativa y judicial".

- Valle de los Caídos. Es casi el único punto relevante en el que la ley no ha avanzado tras la negociación. Se manejaron borradores que creaban una nueva institución para gestionar el valle. La oposición de CiU, que había recibido presiones de los Benedictinos, orden que rige la vida del monasterio que hay junto a la basílica en la que está enterrado el dictador, ha llevado a los socialistas a volver a la primera propuesta. En ella se prohíben los actos franquistas en el valle y se fuerza a que el monumento se utilice para "honrar la memoria de todas las personas fallecidas a consecuencia de la Guerra Civil (...) y de la represión política que la siguió, con objeto de profundizar el conocimiento de ese período histórico y en la exaltación de la paz y de los valores democráticos".

De izquierda a derecha y de arriba abajo: escudo preconstitucional en una comisaría de Madrid; el símbolo de Falange en la barriada Girón de Málaga; escudo preconstitucional en la sede del Ministerio de Hacienda; estatua de Franco en Santander; cartel que anuncia la avenida del Generalísimo en San Vicente de la Barquera (Cantabria) y monumento a la peseta en Estepona (Málaga).
1. <i>Las Administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias, tomarán las medidas oportunas para la retirada de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la dictadura. Entre estas medidas podrá incluirse la retirada de subvenciones o ayudas públicas. Lo previsto en el párrafo anterior no será de aplicación cuando las menciones sean de estricto recuerdo privado sin exaltación de los enfrentados o cuando concurran razones artísticas y arquitectónicas protegidas por la ley.
</i>3. <i>Las Administraciones Públicas podrán retirar subvenciones o ayudas a los propietarios privados que no actúen del modo previsto en el apartado 1 de este artículo. "Las Administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias, tomarán las medidas oportunas para la retirada de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas a la exaltación de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la dictadura".</i>
De izquierda a derecha y de arriba abajo: escudo preconstitucional en una comisaría de Madrid; el símbolo de Falange en la barriada Girón de Málaga; escudo preconstitucional en la sede del Ministerio de Hacienda; estatua de Franco en Santander; cartel que anuncia la avenida del Generalísimo en San Vicente de la Barquera (Cantabria) y monumento a la peseta en Estepona (Málaga). 1. Las Administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias, tomarán las medidas oportunas para la retirada de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la dictadura. Entre estas medidas podrá incluirse la retirada de subvenciones o ayudas públicas. Lo previsto en el párrafo anterior no será de aplicación cuando las menciones sean de estricto recuerdo privado sin exaltación de los enfrentados o cuando concurran razones artísticas y arquitectónicas protegidas por la ley. 3. Las Administraciones Públicas podrán retirar subvenciones o ayudas a los propietarios privados que no actúen del modo previsto en el apartado 1 de este artículo. "Las Administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias, tomarán las medidas oportunas para la retirada de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas a la exaltación de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la dictadura".

ARTÍCULO 15: SÍMBOLOS Y MONUMENTOS PÚBLICOS

1. Las Administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias, tomarán las medidas oportunas para la retirada de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la dictadura. Entre estas medidas podrá incluirse la retirada de subvenciones o ayudas públicas. Lo previsto en el párrafo anterior no será de aplicación cuando las menciones sean de estricto recuerdo privado sin exaltación de los enfrentados o cuando concurran razones artísticas y arquitectónicas protegidas por la ley.

3. Las Administraciones Públicas podrán retirar subvenciones o ayudas a los propietarios privados que no actúen del modo previsto en el apartado 1 de este artículo. "Las Administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias, tomarán las medidas oportunas para la retirada de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas a la exaltación de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la dictadura".

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