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El límite de dinero en efectivo a declarar al salir o entrar en España sube a 10.000 euros

Los ciudadanos tendrán que declarar a partir de hoy todos los movimientos de entrada o salida de España de cantidades de dinero en efectivo iguales o superiores a 10.000 euros, según la nueva normativa contra el blanqueo de capitales del Ministerio de Economía y Hacienda. También habrá que declarar los movimientos en metálico por el interior del país que superen 100.000 euros.

Hasta ahora, estas cuantías eran de 6.000 euros para los movimientos que se producían en la frontera y de 80.500 euros para los del interior del territorio. Estos umbrales se fijaron en 1993 y Economía ha decidido actualizarlos en línea con el resto de la UE.

Las normas afectan tanto a españoles como a extranjeros y tanto a dinero en efectivo (sea en euros u otras monedas) como a cheques bancarios al portador. Para declarar estos movimientos, es necesario rellenar el llamado formulario S1, que se puede descargar en Internet (www.aeat.es, www.tesoro.es y www.sepblac.es) y también se puede obtener en las delegaciones de Hacienda y aduanas.

Por primera vez, este formulario será obligatorio para realizar pagos ante notario, cuando superen 100.000 euros. El ciudadano deberá obtener antes el formulario y el notario deberá exigirlo.

Formulario especial

También deben hacerlo las entidades financieras. La declaración podrá realizarse ante el banco o caja de la que se retiren los fondos que se vayan a transportar, en la que se dejará constancia de la operación en un formulario S1. En el caso de depósito de fondos en la entidad, ésta solicitará el documento que el depositante debe haber obtenido antes de realizar el movimiento.

En realidad, bancos y cajas ya tienen la obligación de pedir el formulario, pero Economía quiere reforzar los controles para asegurarse de que cumplen la norma. Para no gravar injustificadamente este tipo de movimientos, la declaración no está sometida al pago de tasas. Estas medidas se enmarcan en la lucha emprendida por el Gobierno en la prevención del blanqueo de capitales, según Economía. El departamento dice que no se trata de limitar la realización de estos movimientos, que son libres, sino de la obligación de declararlos.

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