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Madrid desafía al Gobierno y permite fumar en los bares de centros de trabajo

La ministra de Sanidad anuncia que recurrirá el decreto al no ajustarse a la Ley Antitabaco

Pese a contar con un informe desfavorable del Consejo de Estado, el Gobierno de la Comunidad de Madrid, que dirige Esperanza Aguirre (PP), aprobó ayer un reglamento que desarrolla de manera permisiva la Ley Antitabaco. El decreto dictado por Aguirre autoriza zonas de fumadores en los bares de los centros de trabajo si tienen más de 100 metros y también dejará en manos de quienes alquilen un local para celebraciones la decisión de fumar en él. La ministra de Sanidad, Elena Salgado, afirmó ayer que recurrirá el decreto porque "no se ajusta ni al espíritu ni a la letra" de la ley, según Efe.

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La Comunidad de Madrid entró ayer en una batalla que ya han iniciado contra el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero otras dos comunidades gobernadas por el PP, Castilla y León y la Comunidad Valenciana, al aprobar decretos de desarrollo de la Ley Antitabaco más permisivos que la regulación estatal.

Aunque los textos no son idénticos, los tres decretos tienen un punto en común: en la práctica aumentan las zonas donde está autorizado fumar. El consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, justificó el reglamento aprobado ayer en que no se puede imponer a los fumadores que dejen su hábito, sino que hay que "convencer". Por eso, dijo, han optado por "conciliar los derechos del no fumador y del fumador". Es decir, aplicar el liberalismo hasta en la salud pública.

Éstas son algunas de las novedades que introduce el reglamento madrileño:

- Definición de los 100 metros. El decreto sólo incluye los espacios de acceso a los clientes a la hora de computar si un establecimiento tiene una superficie mayor o menor de 100 metros, diferencia que es fundamental, pues cuando sobrepasan ese espacio sus dueños podrán habilitar zonas separadas para fumadores y no fumadores. En caso contrario, elegirán si se fuma o no, pero no podrán alternar ambas opciones.

- Cafeterías de los centros de trabajo. Siempre que los bares de los centros de trabajo tengan más de 100 metros, podrán habilitarse zonas de fumadores. Si tienen menos espacio, estará prohibido.

- Fiestas en centros de trabajo. Durante la "celebración de actos conmemorativos, de representación, institucionales o análogos" podrá fumarse en las dependencias "no productivas" de edificios donde haya centros de trabajo. Si el espacio es mayor de 100 metros, deberá haber separación para fumadores y no fumadores.

- Espacios reservados. Los establecimientos de hostelería podrán tener lugares en los que estará permitido fumar, siempre que estén aislados, sean de acceso restringido y estén señalizados. Esto, según Lamela, permite que en espacios reservados a fiestas "la persona que arriende el local decida qué se hace".

- Zonas habilitadas para fumar. En aquellos locales donde se habiliten zonas para fumar, "se instalarán los mecanismos de extracción o eliminación adecuados para tal finalidad". El artículo 4 del reglamento de la Comunidad de Madrid suaviza la obligación de separar físicamente las zonas habilitadas para los fumadores, siempre que se garantice que no hay contaminación.

El ministerio seguirá con el decreto de Madrid los mismos pasos tomados con los de la Comunidad Valenciana y Castilla y León: "Primero, esperar a recibirlo por cauces oficiales y que lo estudien los servicios jurídicos"; segundo, si éstos encuentran que el desarrollo de la ley que ha hecho Madrid contraviene la norma oficial, "enviarles un requerimiento en el que se especifican los puntos que deben corregirse", explicó un portavoz. Si el Gobierno de Aguirre no hace caso, "el decreto se recurrirá".

El problema es que los decretos recurridos están operativos. Ello crea una situación de desigualdad entre las comunidades.

El consejero de Sanidad Lamela afirmó que, si hay recurso del ministerio, la Comunidad de Madrid planteará una cuestión de constitucionalidad al Tribunal Constitucional.

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