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Los municipios de menos de 5.000 habitantes no requerirán listas paritarias

En todos los comicios al menos dos de cada cinco candidatos deberán ser mujeres

El equilibrio entre hombres y mujeres en las candidaturas de todos los comicios electorales (ningún sexo podrá suponer menos del 40% de los aspirantes) se aplicará en tramos de cinco candidatos. Sin embargo, quedan excluidas de la paridad obligatoria las candidaturas municipales en localidades e islas de menos de 5.000 habitantes (en ellas residen seis millones de personas), según el anteproyecto de Ley de Igualdad. Las empresas de más de 50 trabajadores "procurarán" incorporar "al menos un 10% anual de mujeres" a sus consejos de administración.

El texto definitivo del anteproyecto de Ley Orgánica de Igualdad entre Mujeres y Hombres fue enviado ayer al Consejo Económico y Social y al Consejo General del Poder Judicial para que emitan sus informes. En el documento, al que ha tenido acceso EL PAÍS, se concretan los términos en los que tendrá que aplicarse el equilibrio entre hombres y mujeres en las listas electorales (la representación de un sexo no podrá ser inferior al 40% ni superior al 60%). El Consejo de Ministros aprobó el informe sobre el anteproyecto el pasado día 3.

- Paridad en todos los comicios. En la primera disposición adicional, el anteproyecto detalla que esa composición equilibrada deberá observarse "en las candidaturas para las elecciones de diputados al Congreso, municipales y de miembros de los cabildos insulares canarios, diputados al Parlamento Europeo y miembros de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas". Cuando el número de puestos a cubrir sea inferior a cinco, la proporción de hombres y mujeres "será lo más cercana posible al equilibrio numérico", detalla. También en el caso de las candidaturas al Senado que se agrupen en listas, la composición deberá ser "lo más cercana posible al equilibrio numérico".

- Los municipios pequeños, no. Las candidaturas en municipios e islas de menos de 5.000 habitantes quedarán excluidas de la obligación de presentar listas equilibradas. Esta excepción se debe, según fuentes próximas al Ministerio de Trabajo, a que en las localidades más pequeñas esa obligación podría provocar que no se confeccionaran listas electorales por falta de candidatos para lograr el equilibrio.

- De cada cinco, al menos dos

. El anteproyecto de ley detalla que el equilibrio entre los sexos deberá registrarse en cada tramo de cada cinco candidatos. De esta forma, de cada cinco al menos dos personas deberán ser mujeres, por ejemplo, y el resto hombres. O a la inversa.

- Cambiar las leyes autonómicas. El anteproyecto, que modifica la legislación electoral para introducir el equilibro por sexos, también establece que las comunidades autónomas "adecuarán sus normas electorales" a la futura norma estatal, que el Gobierno espera que esté en vigor en 2007. Tendrán un año para hacerlo.

- Consejos de administración. El artículo 70 del anteproyecto establece que todas las empresas que tengan más de 50 trabajadores, facturen más de 4,75 millones de euros o tengan activos superiores a los 2,37 millones (deben cumplir dos de estos tres requisitos) "procurarán incluir en su consejo de administración un número de mujeres que permita alcanzar una composición equilibrada entre mujeres y hombres en un plazo de cuatro años a partir de la entrada en vigor de esta ley, incorporando, al menos, un 10% anual de mujeres". Se prevé que el cumplimiento de ese equilibrio de ventajas a las compañías en la obtención de contratos con las administraciones públicas. Además, éstas podrán establecer "condiciones especiales" en los contratos "con el fin de promover la igualdad entre mujeres y hombres en el mercado de trabajo".

El Consejo de Ministros, a la vista del impacto que tengan las políticas de igualdad en el mercado laboral, "determinará" los contratos de la Administración General del Estado que "obligatoriamente" deberán incluir entre sus condiciones de ejecución medidas tendentes a promover la igualdad efectiva en el mercado de trabajo.

- Ejército y Policía. Las normas sobre personal de las Fuerzas Armadas "procurarán la efectividad del principio de igualdad, en especial en lo que se refiere al régimen de acceso, formación, ascensos, destinos y situaciones administrativas". Este planteamiento también estará vigente en las normas que afecten a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, según el anteproyecto.

El ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Jesús Caldera, junto al ministro de Industria, José Montilla.
El ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Jesús Caldera, junto al ministro de Industria, José Montilla.EFE

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