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Medidas económicas del Ejecutivo

El Gobierno aprueba el nuevo IRPF

La fiscalidad de las empresas bajará por primera vez en la historia de la democracia

Lucía Abellán

Los contribuyentes pagarán un 6% menos de impuestos a partir del año próximo. La reforma fiscal que aprobó ayer el Consejo de Ministros rebaja del 45% al 43% el tipo máximo del impuesto sobre la renta y fija un tipo mínimo del 24%. Las deducciones personales y familiares aumentan significativamente, especialmente a partir del tercer hijo, y beneficiarán de igual forma a las rentas altas que a las bajas. Para gravar el ahorro se establece un tipo único del 18% (frente al 15% actual) y se elimina la mayoría de las excepciones ahora existentes. Respecto a la fiscalidad sobre las empresas, el Gobierno ha abordado la primera rebaja del impuesto de sociedades que se acomete en la democracia. El tipo general pasará del 35% al 30% (un 25% para las pymes).

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El Gobierno modificará a partir del año próximo todo el panorama fiscal, con rebajas en el IRPF y el impuesto de sociedades y la introducción de la llamada fiscalidad verde (grava la contaminación del medio ambiente). Las dos rebajas fiscales hasta ahora anunciadas tendrán un coste de unos 4.500 euros para las arcas públicas (2.000 millones el IRPF y unos 2.500 el de sociedades), según explicó ayer el vicepresidente y ministro de Economía, Pedro Solbes, tras el Consejo de Ministros. Esa cantidad supone prácticamente la mitad del superávit logrado por las administraciones públicas en 2005.

Los 20 millones de contribuyentes que existen en España percibirán de media una rebaja del 6% en lo que pagan a Hacienda. Para un 60% de ellos, los que tienen rentas más bajas, el beneficio será mayor, pues se ahorrarán el 17%, según el Ministerio de Economía. Se trata de una reforma "equilibrada, que aumenta la equidad y simplifica los impuestos", en palabras de Solbes. Éstas son las principales novedades:

- Rebaja del tipo máximo. Las rentas más altas pasarán de pagar el 45% actual al 43%. Y las más bajas pagarán un 24% frente al 15% actual. Sin embargo, se fija un primer tramo a tipo cero (es decir, no paga impuestos) en el que se incluyen los que hasta ahora se han considerado mínimos personales y familiares (lo que se descuentan los contribuyentes simplemente por el hecho de serlo y tener familia).

Esos mínimos se incrementan significativamente respecto al modelo actual (ver cuadro), especialmente para el tercer y cuarto hijo, lo que representa una mejora sobre el proyecto inicial. Así, un contribuyente que gane 20.000 euros al año se descuenta 5.050 si no tiene hijos (es decir, no paga nada por esa cantidad) y abona un 24% por los 14.950 restantes. Si tiene hijos, las cantidades exentas de impuestos aumentan progresivamente.

- Cuatro tramos. Los tramos de la renta pasan de los cinco actuales a cuatro. En la práctica, eso supone una rebaja del impuesto. Al ampliarse los límites que determinan si una cantidad tributa a un tipo o a otro más alto, la factura fiscal es menor.

- Mayor reducción por trabajo. La reducción por trabajo (se la aplican los trabajadores con nómina como forma de compensarlos por sus escasos beneficios en el IRPF) aumenta de 3.500 a 4.000 euros para las rentas inferiores a 9.000 euros y de 2.400 a 2.600 para quienes perciben más de 13.000. También podrán beneficiarse de esta reducción los autónomos que trabajan para una sola empresa, pues su situación laboral es similar a los asalariados.

- Tipo único para el ahorro. Todos los productos del ahorro (seguros, plusvalías, planes de pensiones, cuentas...) tendrán una tributación única del 18%. En la actualidad el tipo general, vigente desde la última reforma fiscal del Partido Popular en 2003, es del 15% para todas las plusvalías con más de un año. Las que tengan una antigüedad inferior tributan a la escala general del impuesto (entre el 15% y el 45%). Así, si un contribuyente vende su piso, las ganancias generadas por esa operación tributan el primer año igual que las rentas del trabajo. Si permanecen como ahorro más tiempo se les aplica el 15%. La idea que subyace en esta distinción es la de fomentar el ahorro a largo plazo.

Con la reforma del Gobierno socialista desaparece la diferencia entre ahorro a corto plazo y a largo plazo. Desaparece la mayoría de las excepciones ahora existentes. Sólo se introducirá una particularidad. En los dividendos se introduce un mínimo exento de 1.000 euros para compensar el hecho de que esta figura soporta una doble tributación (la empresa paga por sus beneficios en el impuesto de sociedades y luego el perceptor de dividendos vuelve a tributar). Por encima de 1.000 euros se abonará el 18%.

- Vivienda. Se mantiene la deducción general del 15% para las cantidades destinadas a compra de vivienda, con una aportación máxima de 9.015 euros. Desaparecen, sin embargo, los porcentajes incrementados: el 25% que ahora se aplica a los 4.507 primeros euros y el 20% al capital restante hasta 9.015 durante los primeros dos años. No obstante, el que haya adquirido su piso antes del 20 de enero de 2006 (fecha de aprobación del anteproyecto) podrá beneficiarse de esos porcentajes.

- Alivio fiscal para las empresas. El impuesto de sociedades, que pagan las empresas por sus beneficios, se rebajará progresivamente a partir del año próximo, con una media del 20%. Con carácter general, el tipo impositivo baja del 35% actual al 30%. Para las pequeñas y medianas empresas (todas aquellas que facturen hasta ocho millones de euros al año), el tipo se situará en el 25%. Cada año se rebajará un punto hasta llegar a 2011.

- Adiós a las deducciones. La contrapartida a esa rebaja de tipos figura en la eliminación, también progresiva, de todas las deducciones, que rebajan significativamente la carga fiscal de las empresas, sobre todo de las grandes. Las compañías podrán deducirse todas las partidas correspondientes a periodos anteriores a la entrada en vigor de la ley (enero de 2007).

- Fomento al I+D+i. Para paliar la pérdida de deducciones, se fijará una bonificación del 40% en los pagos que hace a la Seguridad Social la empresa que contrate a investigadores, un sistema importado de los países nórdicos. En todo caso, y durante el periodo transitorio de aplicación del impuesto (hasta 2012), las empresas podrán optar por mantener la actual deducción de I+D con una reducción del 3% anual. En 2012 renunciarán a ellas definitivamente.

- Calendario. Las reformas entrarán en vigor en 2007. Los cambios en IRPF se percibirán a partir de 2008, cuando se presente la renta del año anterior. En sociedades los efectos se prolongarán hasta el final de 2011. Solbes garantizó ayer que se respetarán todos los derechos adquiridos.

Los nuevos planes de pensiones

Gran parte de la imaginación que el vicepresidente y ministro de Economía, Pedro Solbes, atribuyó ayer a su número dos, Miguel Ángel Fernández Ordóñez, en el diseño de la reforma fiscal se ha volcado en los planes de pensiones. Esta figura, destinada a fomentar el ahorro para la jubilación, sufrirá algunos cambios en el nuevo IRPF, aunque finalmente serán más leves de lo que se anunció.

Los contribuyentes podrán aportar al plan un máximo de 8.000 euros anuales con carácter general. Esa cantidas se descuenta directamente de la base (es decir, no se pagan impuestos por ella). El Gobierno había optado inicialmente por mantener ese límite para todos los contribuyentes, frente al modelo actual, que amplía el tope a partir de los 52 años y en función de las circunstancias familiares, con un límite de 24.250 euros.

Con la reforma aprobada ayer, los mayores de 50 años podrán aportar al fondo hasta 10.000 euros. Al estar este colectivo más cercano a la jubilación, se entiende que necesita mayores dotaciones. En todo caso, las aportaciones no podrán superar el 30% de las rentas de los contribuyentes en general (el 50% en los mayores de 50 años).

Los jubilados con rentas activas (por ejemplo, alguien retirado que escribe libros y cobra por ello) podrán seguir realizando aportaciones al plan hasta que empiecen a cobrar la prestación.

El otro cambio fundamental en los planes de pensiones afecta a la forma de cobro. Se mantiene la idea de que sólo pueden percibirse en el momento de la jubilación, pero el contribuyente podrá elegir si recibe la renta de golpe o de forma periódica. Si opta por la primera modalidad (la preferida hasta ahora por los contribuyentes), el beneficiario deberá tener en cuenta que se elimina el principal atractivo con que cuentan hasta ahora las rentas percibidas como capital: una exención de impuestos para el 40% de esas rentas.

El Gobierno propuso inicialmente prohibir el cobro de golpe, al quitar la deducción fiscal, pero ha dado marcha atrás por la multitud de quejas recibidas a este respecto.

Los productos ligados a la dependencia tendrán el mismo beneficio fiscal que los planes de pensiones.

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Sobre la firma

Lucía Abellán
La redactora jefa de Internacional de EL PAÍS ha desarrollado casi toda su carrera profesional en este diario. Comenzó en 1999 en la sección de Economía, donde se especializó en mercado laboral y fiscalidad. Entre 2012 y 2018 fue corresponsal en Bruselas y posteriormente corresponsal diplomática adscrita a la sección de España.

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