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COMUNICACIÓN

Anulado el acuerdo que permitía la privatización de Canal 9

Una juez ha anulado el acuerdo del consejo de administración de Ràdio Televisió Valenciana (RTVV) que el 31 de marzo de 2003 dio luz verde a tres concursos para privatizar 1.884 horas de programación, los servicios informativos y la gestión de publicidad de Canal 9. La magistrada ha admitido un recurso de UGT y ha considerado que tal decisión vaciaba de contenido la gestión pública de Canal 9, lo que vulnera la Constitución, la Ley del Tercer Canal, el Estatuto autonómico y la Ley de Creación de RTVV.

El proyecto de privatización de Canal 9, que fue impulsado por el ex presidente de la Generalitat Valenciana y actual ministro de Trabajo, Eduardo Zaplana, y se presentó como una externalización de la gestión, ha sido neutralizado por la titular del juzgado número 2 de lo Contencioso-administrativo de Valencia al anular el acuerdo del consejo de administración de RTVV que permitió abrir el proceso. La sentencia, que ha estimado un recurso de UGT, entiende que el acuerdo vulneró los principios de gestión de una televisión pública, que la privatización afectaba a los servicios esenciales de Canal 9, que se hizo sin respetar las competencias que la Ley de Creación de RTVV otorga al consejo de administración y que ni siquiera queda claro que tal iniciativa supusiera el ahorro que el gobierno autonómico argumentó como valor.

El acuerdo impugnado por UGT permitía la convocatoria de los concursos que debían dejar en manos privadas la gestión de 1.884 horas de programación, de los servicios informativos y de la publicidad y derechos. Se presentaron 16 empresas. El plazo se terminó el pasado mes de octubre, pero la dirección de RTVV aún no se ha pronunciado alegando que las propuestas debían pasar un nuevo examen técnico.

Mientras ese proceso seguía su curso. UGT, CC OO y CGT, los partidos PSPV-PSOE y Esquerra Unida y la Unión de Consumidores y la Asociación de Usuarios de la Comunicación acudieron a los tribunales.

UGT alegó que el acuerdo no se ajustaba a derecho por "plantear bajo el paraguas de servicios accesorios la privatización de una parte sustancial de la gestión de la televisión autonómica y de naturaleza pública", porque "supone que se vacíe de contenido la gestión directa de Canal 9 al ser objeto de concurso programas infantiles, juveniles, culturales y educativos, de ocio y de entretenimiento, considerando que la característica de la televisión autonómica como servicio público es precisamente la producción propia". También planteó que podía "perjudicar a los trabajadores".

Servicio público

La juez respalda el análisis de UGT. Anula el acuerdo porque vulnera preceptos de la Ley del Tercer Canal, del Estatuto de Autonomía y de la Ley de Creación de RTVV, y por extensión de la Constitución. La juez explica en la sentencia que "las medidas tienen incidencia en el Plan de Actualización de la RTVV, que deben someterse a la consideración del consejo de administración de la entidad, por corresponder a este órgano la competencia para velar por el cumplimiento en la programación de lo dispuesto en la ley para aprobar, a propuesta del director general, el plan de actuación de RTVV que fijará los principios básicos y las líneas generales de la programación".

El fallo ha anulado una decisión tomada por el consejo de administración. Con ello rebate los argumentos esgrimidos por RTVV, que pretendía que ese órgano se había limitado a darse por enterado de un proceso cuya ejecución correspondía al director general, José Vicente Villaescusa, quien ayer anunció recurso al fallo y expresó su absoluta discrepancia. Contra esa postura, la juez establece que el consejo de RTVV, al dar luz verde al proceso, ejecutó un "acto administrativo", que es el que precisamente anula la sentencia.

RTVV interpretaba que la decisión de abrir los concursos no afectaba a las competencias del máximo órgano del ente público. La juez considera que se trata de una privatización y que ello afecta a lo que debe cuidar el consejo, como es la programación y la gestión presupuestaria. Por tanto, entiende que no es una decisión exclusiva del director general. Al margen de ello, la juez advierte de que Canal 9 es una televisión pública cuya gestión no puede pasar a manos privadas. El fallo permite recurso de apelación.

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