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La Guardia Civil reclama a Tráfico que fije las "causas específicas" para quitar el carné

Los agentes ignoran cómo evaluar si alguien ha perdido las condiciones físicas para conducir

Jorge A. Rodríguez

La nueva norma de Tráfico que permite la retirada inmediata del carné de conducir cuando un automovilista ha perdido "las condiciones físicas necesarias" para pilotar ha dejado perplejos a los guardias civiles que trabajan a pie de carretera. El jefe de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil ha reclamado a la Dirección General de Tráfico (DGT) que curse "instrucciones donde se fijen las causas específicas sobre los síntomas evidentes" que indiquen que un automovilista ha perdido las condiciones físicas para seguir conduciendo. La DGT piensa aclararlo en unos días.

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La introducción del nuevo artículo 71 bis en la nueva ley de Tráfico está creando todo tipo de quebraderos de cabeza a los responsables del Ministerio del Interior, del que dependen tanto la DGT como los guardias de carretera. La intención de la norma era que un guardia pudiera quitarle el carné a un automovilista infractor o implicado en un accidente en el caso de que, a simple vista, fuera evidente que había perdido las condiciones "físicas" para conducir.

Pero el artículo fue avanzando de error en error. Primero, uno mecanográfico en el Senado sembró la inseguridad jurídica, ya que se eliminó la palabra "físicas" y parecía que quedaba al albedrío del agente el quitar el carné. Se corrigió, pero cuando fue publicada la norma en el BOE (dentro de la ley de acompañamiento de los presupuestos) volvió a caerse la palabra físicas. Advertido el error de nuevo, fue corregido en el BOE del 3 de enero por una disposición de la Jefatura del Estado.

Ya parecía todo claro. Pero no debe estarlo cuando quienes tienen que aplicarlo, los 8.000 agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, desconocen cómo hacerlo. Hasta el punto de que, según la Asociación Independiente de Guardias Civiles (ASIGC), la norma no se ha aplicado aún, pese a que está en vigor desde el pasado 1 de enero.

Las dudas suscitadas han llevado al máximo responsable de la citada agrupación a solicitar a la DGT "instrucciones para la retirada inmediata del permiso o licencia de conducir". El pasado 5 de enero, los jefes de los subsectores de Tráfico del instituto armado recibieron un correo electrónico interno con el contenido de la nota elaborada por la Jefatura de la Agrupación -a cuyo mando está el general Alfonso María Ferrer Gutiérrez- el día 2 en la que quedaba claro que las cosas no estaban tan claras.

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"Se participa", decía la nota, "que por esta jefatura se han solicitado a la Dirección General de Tráfico instrucciones donde se fijen las causas específicas de los síntomas evidentes que han de concurrir para que se proceda a la retirada inmediata del permiso o licencia de conducción con motivo de infracción o accidente". Ayer, según fuentes de la Agrupación, dichas instrucciones no habían sido cursadas.

Dudas de los guardias

El máximo responsable de la DGT, Carlos Muñoz-Repiso, aclaró, en medio de la polémica, que lo que tenía que evaluar el agente era si un conductor accidentado o infractor mantenía las condiciones psicofísicas que se exigen en el certificado médico obligatorio para lograr el carné. "Pero estamos hablando de un cuadro de cinco o seis folios con cuestiones que puede que sean evidentes para un médico pero que un agente no puede comprobar en la carretera", afirma un miembro de la Agrupación de Tráfico asociado a la ASIGC.

Muñoz-Repiso puso otro ejemplo: el de un conductor que fuera al volante con un brazo escayolado. "Es evidente que no reúne las condiciones para conducir", dijo. Pero, se preguntan los guardias, "¿y si sólo lleva la mano vendada y no es tan evidente que no puede agarrar el volante o cambiar de marchas? y ¿cómo le inmovilizo el vehículo en plena carretera? Para todo eso es para lo que necesitamos instrucciones", explican.

Las instrucciones van a llegar en días. Fuentes de la DGT indican que anualmente se remite un documento a la Agrupación donde se especifican las novedades legales y cómo explicarlas. "La de este año va a ser transmitida en los próximos días y, de forma concreta, se va a referir a estos aspectos", precisa el Ministerio del Interior antes de aclarar: "Si el guardia tiene dudas y tiene que enjuiciar, entonces la causa de retirada no es evidente y no se hace".

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Sobre la firma

Jorge A. Rodríguez
Redactor jefe digital en España y profesor de la Escuela de Periodismo UAM-EL PAÍS. Debutó en el Diario Sur de Málaga, siguió en RNE, pasó a la agencia OTR Press (Grupo Z) y llegó a EL PAÍS. Ha cubierto íntegros casos como el 11-M, el final de ETA, Arny, el naufragio del 'Prestige', los disturbios del Ejido... y muchos crímenes (jorgear@elpais.es)

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