El Gobierno impugna el 'plan Ibarretxe' por su "ataque deliberado a la soberanía del pueblo español"
Michavila afirma que "el recurso al Constitucional es la respuesta democrática a un plan totalitario"
El Gobierno, a través del Servicio Jurídico del Estado, presentó a primera hora de ayer en el Tribunal Constitucional el escrito de impugnación contra el plan Ibarretxe por sus "numerosas y graves violaciones de la Constitución" y porque constituye "un ataque deliberado a la soberanía del pueblo español". El ministro de Justicia, José María Michavila, subrayó que la respuesta del Gobierno es "la respuesta democrática a un plan totalitario" frente a quienes pretenden "la confrontación, la exclusión y la quiebra de las reglas democráticas". El escrito solicita que la propuesta de Ibarretxe sea declarada inconstitucional y nula, y, entretanto, que se ordene suspender su tramitación. El Constitucional responderá sobre la suspensión no antes de quince días .
El 'plan' quedará suspendido por cinco meses si el tribunal admite la impugnación
El escrito solicita al Tribunal Constitucional que admita la impugnación en nombre del Gobierno "a la mayor brevedad" y declare inconstitucionales y nulos tanto el acuerdo del Gobierno vasco que aprueba la "Propuesta de Estatuto Político para la Comunidad de Euskadi" como el acuerdo de la Mesa del Parlamento vasco mediante el que lo admite para su tramitación parlamentaria.
El recurso invoca expresamente los artículos 161.2 de la Constitución y el 77 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional a fin de que se suspenda la eficacia de las resoluciones autonómicas que se combaten. La consecuencia, según el Gobierno, debe ser que el Estatuto Político de la Comunidad de Euskadi "no podrá ser tramitado" por el Parlamento vasco mientras el tribunal no levante la suspensión o desestime la impugnación por sentencia.
Según el artículo 65.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, el Tribunal podrá solicitar ahora del Gobierno Vasco cuantas informaciones o precisiones juzgue necesarias para su decisión. Después, resolverá en los 15 días siguientes al término del plazo de alegaciones o del que, en su caso, se fije para las aclaraciones complementarias.
La suspensión recae automáticamente a partir del momento en que el escrito se admita a trámite. El tribunal deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses, si antes no ha dictado sentencia. Fuentes del Constitucional cifraron ayer entre 15 días y un mes el plazo para que el Pleno resuelva sobre la admisión.
El ministro de Justicia, José María Michavila, presentó el escrito de impugnación en rueda de prensa, en la que señaló que el Gobierno acude al tribunal como "primera respuesta democrática a un plan totalitario". Añadió que esta respuesta al plan soberanista supone "invocar la razón del derecho y de la convivencia frente a quienes prefieren la confrontación, la exclusión y la quiebra de las reglas democráticas". Michavila advirtió también de que quienes hoy impulsan proyectos totalitarios, corren el riesgo de ser arrastrados por el propio totalitarismo que ahora invocan".
El escrito impugna en un único proceso tanto el acuerdo del Gobierno vasco del 25 de octubre de 2003 que aprobó la Propuesta de Estatuto Político de la Comunidad de Euskadi y la remitió al presidente de la Cámara de Vitoria, como el acuerdo de la Mesa del Parlamento del 4 de noviembre, por el que se inició la tramitación parlamentaria. La acumulación de ambas impugnaciones es factible, según el escrito del Gobierno central, por existir "una conexión que justifica la unidad de tramitación" entre ambos acuerdos. Estos son algunos de los principales aspectos del recurso:
- Reforma estatutaria. El recurso, de 46 folios, se articula en torno a seis ejes argumentales que pretenden demostrar que el plan Ibarretxe ha vulnerado más de cien veces la Constitución. Con el fin de justificar la posibilidad de impugnación, se parte de la base de que con su propuesta, el Gobierno vasco ha hecho en realidad uso de la iniciativa de reforma estatutaria que le otorga el artículo 46.1.b) del Estatuto de Gernika. Así, se dice que, tanto el nombre utilizado ("Propuesta") como el precepto invocado, "obligan a concluir que el Gobierno vasco concibe y presenta la Propuesta de Estatuto como producto del ejercicio del derecho de iniciativa para la reforma estatutaria".
- Ruptura constitucional. "La Propuesta de Estatuto Político o, sin más, el Estatuto Político, como lo llama ya el Boletín Oficial del Parlamento Vasco, se caracteriza por sus numerosas y graves violaciones de la Constitución. Tan numerosas y tan graves que "no pueden haber pasado inadvertidas para el Gobierno vasco que aprobó la Propuesta, ni para la Mesa que la ha admitido a trámite", argumenta el recurso.
La única explicación que el Ejecutivo central encuentra a esa conducta es que el Gobierno vasco ha querido aprobar "deliberadamente" una propuesta infractora de la Constitución, y la Mesa la ha admitido a trámite "a sabiendas de su clamorosa inconstitucionalidad".
- Ataque a la soberanía. El primer acuerdo impugnado, el del Gobierno vasco, "representa un ataque deliberado al fundamento último y esencial de la Constitución, la soberanía del pueblo español, de quien emanan todos los poderes del Estado".
Según el recurso, la "Propuesta" pretende asentarse en la decisión soberana de los tres territorios -Álava, Guipúzcoa y Vizcaya- y parte de que el conjunto del pueblo de estos tres territorios posee el atributo de soberano, "atributo que la Constitución atribuye sólo y únicamente al pueblo español, del que, claro es, forman parte los alaveses, guipuzcoanos y vizcaínos".
El corolario de todo ello es que el Gobierno vasco "fuerza a que los parlamentarios de la comunidad autónoma ejerzan sus funciones sobre un texto a sabiendas de su inconstitucionalidad".
Respecto al acuerdo de la Mesa, el Gobierno central dice que es mucho más fácil de justificar su carácter de "resolución impugnable", puesto que pasan de la veintena las sentencias del Constitucional que resuelven procesos contra acuerdos as legislativas.
- "Estado asimétrico". Entre las infracciones constitucionales esenciales, el escrito señala que la Constitución no prohíbe "que se proclame que España es un Estado compuesto, plurinacional y asimétrico, como se dice en el preámbulo de la "Propuesta". Pero el paso de "la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles" al "Estado plurinacional y asimétrico ha de ser el producto de una decisión soberana del pueblo español".
- Autodeterminación. Sobre el pretendido "derecho de autodeterminación de los pueblos", se aduce que éste "no permite legitimar secesiones" y desde luego "no ampara que una minoría del pueblo de un Estado se arrogue el derecho de imponer cambios constitucionales extensos a una abrumadora mayoría de ese mismo pueblo".
- "Criatura española". "La Comunidad Autónoma de Euskadi es una criatura constitucional española con existencia desde finales de 1979", añade el recurso, ya que institucionalmente es una creación "reciente y artificial" respecto a las entidades históricas de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya, auténticas titulares los derechos históricos forales.
Por eso, "el único medio constitucionalmente lícito de actualizar los derechos históricos forales es el Estatuto de Autonomía, dentro de la indisoluble unidad de la Nación española".
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