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Extremadura multará con tres millones de euros a las eléctricas por los apagones

Los abonados tendrán descuentos mínimos del 20% si los cortes de luz son superiores a una hora

El Gobierno extremeño aprobó ayer un anteproyecto de ley que prevé multas de hasta tres millones de euros (500 millones de pesetas) a las eléctricas si el suministro se interrumpe de forma injustificada más de tres minutos. La norma contempla que el millón de abonados extremeños se vean beneficiados con descuentos del 20% como mínimo en el recibo mensual si los cortes superan la hora. Las compañías, además, deberán depositar el 1% de su facturación para asegurar responsabilidades. Endesa e Iberdrola, suministradoras de la zona, y la patronal Unesa, declinaron valorar la medida.

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Extremadura se suma así a las iniciativas ya aprobadas por otras autonomías como Cataluña, cuya normativa contempla sanciones para las eléctricas de entre 300.000 euros y tres millones por cortes de luz injustificados y a las anunciadas en Castilla-La Mancha y Aragón. Las nuevas normas autonómicas endurecen las condiciones de garantía de suministro e indemnizaciones, más genéricas, contempladas en el Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre aprobado por el Gobierno central y son una respuesta a la alarma creada en las últimas semanas por los cortes de luz que afectaron a cientos de miles de abonados en Cataluña, Madrid y la Comunidad Valenciana principalmente.

La norma extremeña precisa que las únicas causas que justificarán las interrupciones en el suministro eléctrico serán las denominadas 'de fuerza mayor', derivadas, por ejemplo, por condiciones meteorológicas. Pero sólo será una excepción si el fenómeno no se ha producido en 10 años en la zona afectada por el corte.

Obligaciones

Además, lo que en la norma general del Estado se contempla como potestad del abonado: instalar verificadores de la calidad del suministro, en la normativa extremeña se convierte en una obligación para las compañías. Las eléctricas tendrán que instalar verificadores de la calidad del suministro por cada 5.000 abonados.

Para interrumpir el servicio y evitar sanciones, Endesa e Iberdrola, que suministran el 85% de la electricidad en la región, deberán solicitar una autorización administrativa a la Junta extremeña con 72 horas de antelación y comunicarlo a todos los afectados con 48 horas de antelación.

El anteproyecto de Ley, denominado de Protección de la Calidad del Suministro Electrico de la Comunidad Autónoma, además de las sanciones, contempla compensaciones a los usuarios afectados por un servicio deficiente. El consejero de Economía del Gobierno que preside Juan Carlos Rodríguez Ibarra, Manuel Amigo, explicó que 'el abonado que sufre esa falta de calidad tendrá derecho a una reducción del 20% de la factura mensual por cada corte de una hora, y por cada hora o fracción de más esa reducción se irá incrementado en dos puntos porcentuales'.

La normativa autonómica, a diferencia de lo aprobado a nivel estatal, no establece diferencias entre entornos urbanos y rurales y las compañías eléctricas deberán tener en cuenta por ello la dispersión de la población extremeña: poco más de un millón de habitantes, asentados en cerca de 500 pueblos y aldeas .

Iberdrola y Endesa son las dos principales compañía eléctricas que operan en Extremadura.Iberdrola detalló ayer que el número de abonados en la región se sitúa en 289.000 y su facturación se eleva a 114 millones de euros.

La comunidad extremeña posee dos de las más importantes fuentes de generación de energía de España: la presa de Alcántara y la central nuclear de Almaraz. Sin embargo, se producen situaciones tan curiosas como que Villanueva de la Vera, un pueblo situado a 15 kilómetros en línea recta de la planta nuclear, sufre continuos cortes de luz, lo que ha llevado a sus habitantes a plantearse reclamar judicialmente indemnización a Iberdrola.

El anteproyecto de ley, que debe ser remitido a la Asamblea extremeña, se basa, según el ejecutivo, en las competencias de la comunidad autónoma sobre comercio interior, de defensa de los consumidores y usuarios y de instalaciones de producción, distribución y transporte de energía, 'sin perjuicio de la competencia exclusiva del estado sobre las bases del regimen energético'.

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