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Reportaje:DEBATE

La falta de medios reduce la eficacia de la Ley del Menor

En Valencia, hay menores que han sido detenidos 50 veces

'Cuatro menores detenidos por un robo con intimidación en la calle de la Beneficencia'. Ése era el primer enunciado del relato de un suceso ocurrido a última hora del jueves en Valencia. Dos parejas de jóvenes denunciaron en el retén de la policía local que habían sido víctimas de un robo con intimidación con navajas. Las descripciones fueron suficiente para que los agentes les detuvieran pocas horas después. Los protagonistas del hecho: cuatro jóvenes de entre 14 y 16 años.

Ése no es un hecho aislado en la crónica diaria. Según los datos facilitados por la Policía Nacional, entre enero y noviembre de este año se ha detenido en la Comunidad Valencian un 19,9% más de menores que en el pasado año, mientras esa cifra es del 0,2% en el conjunto de España. El incremento valenciano en 2000 fue del 11%.

El 18% de los delitos conocidos son cometidos por menores, que en un número importante tienen entre 16 y 18 años. En la provincia de Valencia hay al menos 50 menores reincidentes. De ellos, algunos que en dos años acumulan 28 detenciones. Y los que menos, han pasado por comisaría tres veces. Según la Fiscalía de Menores de Valencia, el volumen de asuntos penales ronda los 6.000, con una cifra de detenidos desde el 13 de enero de 1.683.

La realidad de la tramitación de causas en las que los menores son autores de delitos no se ajusta, de momento, al espíritu re-educador de la ley. De una parte, en Valencia existen sólo tres juzgados de Menores. La plantilla de fiscales es de 11 y la de funcionarios de 20 personas. Los expedientes acumulados en Instrucción antes de que entrara en vigor la nueva ley han provocado un indiscutible retraso que repercute indiscutiblemente en la situación del menor. La Fiscalía de Menores, agente en vela permanente por la mejor situación posible de los menores, tiene impedimentos para la encomienda. El texto de la Ley Penal del Menor contribuye a la dilación innecesaria de procedimientes porque no hay una sola tipología de magistrado ad hoc para el tema de los menores. El juez de Instrucción es el competente en los procedimientos de habeas corpus aunque esté solicitado por menores. El Juez del Juzgado Central de Menores de la Audiencia Nacional es el que tiene capacidades en los procedimientos en materia terrorista.

Todo el aparato judicial está, en teoría, diseñado, junto con los recursos adicionales de las Administración de Justicia y de Bienestar Social, para responder a una realidad: la de los menores protagonistas de la delincuencia -sobre todo de hurtos, tirones, robos con intimidación, robos de coches y en coches, daños al mobiliario urbano-. Sin embargo, la realidad que perciben los ciudadanos, los datos que manejan las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, los análisis de quienes administran la justicia en este ámbito y la información de Organizaciones No Gubernamentales está lejos de ofrecer un retrato tranquilizador aunque políticamente se amortigüe el golpe con políticas que vendrán pero que aún no se conocen.

En la Comunidad existen tres centros de re-educación de Menores: Pi Gros, en Castellón, con 26 plazas ocupadas y seis libres a fecha 25 de noviembre; Sant Vicente Ferrer, en Valencia, con 41 plazas ocupadas y 31 libres a la misma fecha; y La Villa, en Alicante, con 28 plazas ocupadas y dos libres. Además del internamiento, están en funcionamiento otras fórmulas. En 2001, los menores atendidos en centros de día han sido 1.000. Bajo la fórmula de acogimiento familiar la cifra es de 2.700. Por el acogimiento familiar residencial (protección) han pasado 1.000. Menores con medidas judiciales en régimen medio abierto se contabilizan 180 y con internamiento 100. Lo que eleva la cifra de menores adscritos a una u otra opción a 4.980, según la consejería de Bienestar Social, quien señala que las plazas disponibles en centros de recepción son 116; en residencias infantiles, 151; en residencias comarcales, 685, y en residencias juveniles, 179. La ocupación en estos centros está, de media, alrededor del 90%.

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La retahíla de posibilidades se antoja insuficiente cuando se aborda la realidad de la delincuencia en menores. Los responsables policiales apuntan a una doble necesidad: la de adecuar los plazos de la ley a lo realmente operativo y a una actuación sobre el menor y su entorno más integral. La Administración se compromete en tiempo futuro a que los recursos que la ley marca como imprescindibles estén disponibles. Y jueces y fiscales piden tiempo, en su corriente más moderada, o señalan la falta de efectivos humanos y dotaciones materiales, los más beligerantes, como explicación a la falta de respuesta.

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