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Una ley regional permitirá dar licencias para nuevos 'híper' por silencio administrativo

Vicente G. Olaya

El Gobierno de Alberto Ruiz-Gallardón quiere regular el silencio administrativo (falta de respuesta por parte de las autoridades a la petición de un particular). Desde 1999, y a raíz de una ley estatal, el mutismo oficial ante la solicitud de un privado conllevaba que el peticionario obtuviese el permiso requerido gracias a lo que se denomina 'silencio administrativo positivo'. Ahora, la ley regional establece los supuestos en los que no se podrá aplicar la normativa estatal.

En la mayoría de los casos que refleja el proyecto de ley, el silencio de la Administración regional significará la desestimación de la demanda, con sólo tres excepciones: cuando el peticionario sea una gran superficie y requiera la licencia previa de apertura y no reciba respuesta en ocho meses; cuando se reclamen ayudas oficiales para una vivienda de promoción privada y cuando se exija la inscripción en los registros oficiales de las cooperativas. En los dos últimos casos el plazo será de tres meses.

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El Gobierno regulará por ley el silencio administrativo

La ley estatal de abril de 1999 que regula el silencio administrativo establecía que la Administración tenía un plazo máximo de seis meses para responder a las consultas de los ciudadanos. En caso de no hacerse así, las peticiones se darían por aceptadas, 'excepto cuando una norma con rango de Ley o de Derecho Comunitario Europeo estableciese lo contrario'. Esta ley establecía además un período transitorio, que acaba el 14 de abril de 2001, para que las comunidades adecúen su normativa a ella y establezcan las excepciones que consideren oportunas. En caso de no hacerlo, la ley estatal sería aplicable en toda su extensión a las comunidades autónomas. 'Transcurrido dicho período [14 de abril de 2001], los efectos desestimatorios (silencio negativo), se convertirán en efectos estimatorios (silencio positivo)', señala la ley nacional. Al Gobierno de Alberto Ruiz-Gallardón se le ha echado el tiempo encima y por eso ha tenido que enviar a la Asamblea de Madrid su proyecto de ley para que sea debatido por trámite de 'urgencia'.

Interés general

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En el proyecto, el Gobierno regional explica que 'en determinados procedimientos', el 'interés general resulta incompatible con la estimación [aprobación] de determinadas solicitudes por el mero transcurso' del tiempo. En la exposición de motivos del proyecto de ley se señala: 'Piénsese, a título de ejemplo, en lo que supondría que se consideren estimadas por silencio administrativo las solicitudes de plazas en residencias para personas mayores o determinadas autorizaciones en materia de medio ambiente o vivienda'.

De los 118 supuestos que establece el proyecto de ley, sólo los tres citados con anterioridad serán considerados como positivos cuando la Administración no responda en los plazos previstos. El resto serán considerados negativos. Entre ellos, la ayuda para el cuidado de los hijos (un mes de plazo), autorización para cambiar el nombre de un municipio (seis meses), autorización de festejos taurinos (dos días), regulación de ocupación de viviendas del IVIMA (un año), concesión de ayudas para rehabilitar edificios (seis meses), autorización para la creación de museos (dos meses), solicitud de plazas en residencia de mayores (un mes) o declaración del grado de minusvalía (tres meses).

La Consejería de Presidencia considera que la nueva ley regional es necesaria porque hay determinadas situaciones cuya resolución requiere un plazo superior a los seis meses. 'El interés general', arguyen, 'exige que se establezca un régimen de silencio negativo, con el fin de que las solicitudes no sean estimadas por el mero transcurso del plazo de la resolución'.

La futura ley sólo afectará a las materias en las que la Comunidad de Madrid tenga 'competencias normativas' (Educacion o Medio Ambiente, por ejemplo) y no en las que su función sea sólo ejecutiva (Seguridad). Para estos últimos casos, se aplicará la normativa aprobada en 1999 por el Gobierno de Aznar. El silencio administrativo empezará a contar a partir de que la petición entre en cualquiera de los registros de la Comunidad.

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Sobre la firma

Vicente G. Olaya
Redactor de EL PAÍS especializado en Arqueología, Patrimonio Cultural e Historia. Ha desarrollado su carrera profesional en Antena 3, RNE, Cadena SER, Onda Madrid y EL PAÍS. Es licenciado en Periodismo por la Universidad CEU-San Pablo.

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