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Una sentencia obliga a un hijo a pagar una pensión a su madre, aunque ella tiene dinero

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha obligado a un hijo a pagar una pensión de 350.000 pesetas al mes a su madre y ocuparse de todos sus gastos médicos y farmacéuticos, a pesar de que la mujer dispone de medios económicos más que suficientes. El tribunal considera que el hijo debe otorgar a su madre unas rentas vitalicias que le permitan vivir "con el nivel de vida que había llevado hasta la muerte de su marido".

Madre e hijo llegaron a un pacto por el que la mujer renunciaba a su parte de la herencia del marido fallecido y cedía a su hijo unas acciones empresariales por valor de 30 millones de pesetas a cambio de una pensión mensual y el pago de sus gastos médicos. Este pacto, firmado en 1987, según el tribunal pretendía solucionar la "inminente litigiosidad" que se presentaría entre la madre y el hijo tras la muerte del padre de familia. El hijo de la viuda llevó el pacto a los tribunales, pero sus recursos han sido desestimados reiteradamente por los juzgados de primera instancia, hasta que el TSJC le ha obligado finalmente a cumplir con la manutención de su madre. Además, de la pensión mensual y los gastos médicos, la mujer podrá disponer de los inmuebles que ocupe. La justicia también declara que es de su propiedad el automóvil del difunto, un modelo ya desfasado por los años que ha tardado en resolverse judicialmente el caso, y que podrá aprovecharse del huerto familiar. El recurrente consideraba que la madre no tenía derecho a recibir una parte de la herencia de su padre porque sus medios económicos son más que elevados y, por tanto, el pacto por el que renunciaba a la herencia no es válido. Nivel de vida Según el tribunal, a pesar de que la argumentación es "sugerente", no puede ser asumida. La sentencia considera que el hecho de que el patrimonio de la viuda sea "muy considerable" no es suficiente para "negarle la entrada" en su parte de la herencia de su marido. El tribunal entiende que es necesario "conocer el nivel de vida de los consortes" para comparar si el nivel del matrimonio "podrá ser mantenido o no, y sin aprietos, por el cónyuge superviviente con sus propios bienes".

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