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La Audiencia admite la personación de IC y Ausbanc en las cesiones del Santander

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha decidido admitir la personación como acción popular de Iniciativa per Catalunya-Verds y de la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc) en el caso de las cesiones de crédito del Banco Santander, un presunto fraude fiscal de cerca de medio billón de pesetas. De esta forma, la juez instructora, Teresa Palacios, puede seguir adelante con la causa, ya que hasta ahora no contaba con parte acusadora alguna. Tanto el fiscal jefe de la Audiencia, Eduardo Fungairiño, como el abogado del Estado habían pedido el archivo.

El auto de la Audiencia Nacional, dado a conocer ayer, abre una vía de salida a un caso, el de las cesiones del Banco Santander, que arranca en 1992 y ha tenido un complejo desarrollo. El presunto fraude fiscal consistió en la colocación por parte de la entidad financiera, a finales de los años ochenta, de un producto opaco a Hacienda y en el uso de testaferros. El proceso se había situado en un callejón sin salida después de que tanto el abogado del Estado, en principio defensor de los intereses de Hacienda, como el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Eduardo Fungairiño, cambiasen sus posiciones previas y pidieran el archivo a mediados del pasado año.

La juez instructora, Teresa Palacios, decidió avanzar en el proceso, pese a que no contaba con parte acusadora. Éste fue el principal argumento de la entidad financiera para solicitar a su vez el archivo de la causa. En su petición argumentaba que la juez actuaba con "pautas inquisitoriales" por seguir el procedimiento sin acusación. Era, en su opinión, juez y parte.

Una vez conocido el desistimiento de las partes que podían ejercer como acusadoras, el grupo político Iniciativa per Catalunya-Verds y la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc) decidieron personarse como acción popular. Esto fue rechazado por la juez y el ministerio público.

Teresa Palacios argumentó que el derecho constitucional al ejercicio de la acción popular debía sujetarse a los principios de buena fe y no incurrir en fraude de ley. El ministerio público entendió que se daba un abuso de derecho y calificaba ambas solicitudes de la acción popular de extemporáneas y guiadas por motivaciones extrajudiciales.

El auto de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional quita ahora la razón a ambos y califica sus argumentos de "netamente insuficientes". La circunstancia de que "la personación se haga en este momento, muchos años después de la incoación del procedimiento, puede suscitar dudas, pero en sí misma es insuficiente como para impedir el ejercicio de la acción penal", dice el auto. En definitiva, la sala no ve "motivaciones espurias"; es decir, de tipo político.

El diputado de IC-Verds Joan Saura manifestó ayer su satisfacción por la decisión de la Audiencia. En su momento argumentó que se presentaba como acción popular porque tanto el abogado del Estado como el fiscal jefe de la Audiencia habían renunciado a la defensa de los intereses públicos.

Una base más sólida

Se da la circunstancia de que la juez, pese a no haber admitido en un primer momento las dos acciones populares, tiene ahora una base más sólida para seguir adelante. Lo que queda ahora es que la Audiencia resuelva sobre los recursos presentados por las tres partes alineadas -el Santander, el abogado del Estado y el fiscal jefe- contra la negativa de la juez a admitir el archivo. La entidad financiera, número uno de la banca española, mantiene que, tras siete años de investigación, el proceso debe darse por concluido y que en todo momento actuó con las bendiciones del Banco de España y de Hacienda. Rechaza que exista por su parte responsabilidad penal alguna, ya que no considera demostrado que propiciase la colocación de dinero negro y el uso de identidades falsas.

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