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LOS RECURSOS DEL 'CASO MAREY'

González avala los recursos de Barrionuevo y Vera ante el Constitucional por el "caso Marey"

El ex presidente del Gobierno Felipe González avala los recursos de amparo que hoy presentarán ante el Tribunal Constitucional el ex ministro del Interior José Barrionuevo y el ex secretario de Estado para la Seguridad Rafael Vera, condenados a 10 años de cárcel por el secuestro, en 1983, de Segundo Marey. Fuentes jurídicas confirmaron anoche que González, tras examinar ambos recursos, ratificó con los defensores de los dos condenados -Pablo Jiménez de Parga, de Barrionuevo, y Manuel Cobo del Rosal, de Vera- su intención de respaldarlos como abogado en ejercicio. Las peticiones de amparo se fundamentan en que la Sala Segunda del Supremo que juzgó el caso Marey vulneró varios derechos fundamentales de los dos condenados y, de modo destacado, el "derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales", consagrado por el artículo 24 de la Constitución.

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Felipe González suscribe los recursos en su calidad de abogado. La decisión fue confirmada ayer por fuentes jurídicas, tras las conversaciones y reuniones mantenidas por González, Barrionuevo y Vera en los últimos días y tras examinar el ex presidente del Gobierno los escritos elaborados por los letrados de ambos condenados. Una de estas reuniones se celebró ayer en el domicilio de Barrionuevo en la sierra madrileña, si bien la decisión firme de González de suscribir los recursos ya estaba tomada con anterioridad. Las mismas fuentes niegan cualquier relevancia al hecho de que el Congreso de los Diputados aún no haya aceptado la petición de compatibilidad de González, ya que se trataría en todo caso, aseguraron, de una deficiencia subsanable.

Abogado ejerciente

González se dio de alta como abogado ejerciente en el Colegio de Madrid el 31 de julio, tras conocer la sentencia del caso Marey y antes de iniciar sus vacaciones en Tánger. Desde entonces han surgido distintas voces dentro del PSOE, tanto en el entorno del candidato a la presidencia del Gobierno, José Borrell, como del secretario general, Joaquín Almunia, que abogaban por que González se replantease esa posibilidad para que el PP y el Ejecutivo de Aznar no pudieran utilizarlo, como han venido haciendo, como arma política contra el PSOE. De hecho, ayer mismo el vicepresidente Francisco Álvarez Cascos declaraba que la decisión de González "sirve para ofrecer luz" y "da claridad a la situación: ver a Felipe González acercando sus responsabilidades políticas a sus compañeros de Gobierno en los que depositó su confianza".

Barrionuevo y Vera presentarán hoy sus respectivos recursos de amparo ante el Constitucional, un día antes de que concluya el plazo. De la elaboración del centenar de folios del recurso de Barrionuevo se ha ocupado durante las últimas semanas el letrado Jiménez de Parga, que defendió a Barrionuevo durante la tramitación del caso en el Supremo. Igual ha hecho el abogado y catedrático de Derecho Penal Cobo del Rosal con los 360 folios del escrito que anoche ultimaba. Ambos letrados relatan en sus recursos las contradicciones e incongruencias entre la sentencia y los votos particulares de los cuatro magistrados que discreparon de la mayoría de los otros siete. Con líneas argumentales similares, los escritos coinciden en gran parte con los votos particulares de los magistrados, en especial con el de Enrique Bacigalupo. La vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva la basan ambos recursos en que la mayoría condenó a Barrionuevo y Vera por considerar que "la verdad de lo ocurrido se corresponde con las últimas declaraciones de Sancristóbal, Damborenea, Álvarez y Planchuelo". El crédito dado por la sala a tales declaraciones obligaba a los acusados por ella, señalan los recursos, a demostrar su falsedad mediante una prueba negativa, cuando el propio Constitucional sostiene que "en el proceso penal recae la carga de la prueba en las partes acusadoras, quienes han de probar en el juicio los hechos constitutivos de la pretensión penal, sin que se pueda constitucionalmente exigir a la defensa una probatio diabólica de los hechos negativos".

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Las autoinculpaciones

Los recurrentes rechazan que la autoinculpación de los acusadores otorgue más crédito a sus imputaciones. En el caso de Sancristóbal y García Damborenea, la autoinculpación se produjo, argumentan los recurrentes, cuando ya estaban inculpados por los policías Amedo y Domínguez y cuando ya constaban en la causa datos que demostraban su participación en el secuestro de Marey. Además, tales autoinculpaciones se produjeron después de que se descubriera mediante una prueba caligráfica la participación en el delito de Sancristóbal y García Damborenea, ante lo cual optaron por la línea de defensa de haber participado en una operación aprobada por el Estado y, en concreto, por las máximas autoridades de Interior. Barrionuevo invoca también en su recurso su derecho fundamental a la presunción de inocencia, la nulidad de la instrucción realizada por el juez Baltasar Garzón y la prescripción de los delitos.

Entre los ejemplos de contradicciones que subrayan los letrados de Barrionuevo figuran estos dos: En la sentencia se afirma que los testimonios de Planchuelo contra Barrionuevo son nulos y, sin embargo, los tienen en cuenta; en otro momento se concede la razón al juez Garzón sobre que Barrionuevo no estaba imputado en 1995 y, sin embargo, se basan para anular la prescripción de los delitos en un escrito de la acusación particular de 1988 en el que no se menciona al ex ministro y sí a los policías Amedo y Domínguez.

Barrionuevo esperará a que sus abogados presenten hoy su recurso ante el Tribunal Constitucional para desplazarse inmediatamente a su localidad de nacimiento, Berja, en Almería, donde pasará los próximos días de vacaciones.

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